Cuando no son sujetos al pago de impuesto, la empresa operaria, El Correo, va a entregar el paquete a la dirección del destinatario.
Si no son enviados por familiares o se trata de envíos de compras por internet, los paquetes son trasladados al Almacén de Fardos Postales de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), que opera en la 12 calle y 7a. avenida de la zona 1.
Se cita al destinatario, y cuando este asiste, la SAT efectúa el trámite y el cobro del impuesto respectivo.
Desde enero hasta la primera semana de diciembre, dicha oficina postal ha recibido unos 20 mil paquetes, según inspectores de la Dirección General de Correos; sin embargo, refieren que hay unos tres mil en abandono, correspondientes al 2015, por lo que hacen un llamado a los destinatarios para que acudan a recibirlos.
Usuarios consultados indicaron que era la primera vez que recibían un paquete en ese lugar, pero coincidieron, como Joel Martínez y José Montepeque, en que se debe mejorar la comunicación respecto de qué papelería se debe presentar.
Montepeque dijo que acompañó a su sobrino, menor de edad, pero le pidieron carta de autorización de los padres y acta de nacimiento del menor.
Cristina González dijo que ha recibido envíos en forma directa y ha sido barato y eficiente, pero en el Almacén se tarda de dos a tres horas.
Al pasar un año, los paquetes son trasladados de nuevo al almacén central de la zona 12 y se devuelven al remitente, se explicó.
“Hay una enorme cantidad de paquetes que los clientes no quieren recibir, porque es ridículo que un par de bufandas, zapatos o cosméticos que le envió a usted su madrina o un amigo, paguen más por la póliza que lo que viene adentro”, dijo el director general de Correos, Jaime Osorio.
El funcionario cree que hay exceso de burocracia al calificar los envíos por parte de los técnicos de la SAT, lo cual provoca reclamos.
“Hay una presa de más de dos cuartos llenos de paquetes que la gente ya no quiere recibir”, señaló.
La SAT se basa en los artículos 595 y 596 del Recauca para aplicar el criterio de tributación en estos casos.