Se explica que el contribuyente deberá entregar el formulario o el número del formulario en la ventanilla a la oficina de SAT donde se presente a continuar el trámite.
El colaborador de la SAT verificará sus datos, tomará la fotografía y la huella digital.
Además el operador le asignará el NIT sin obligaciones y en forma simultánea el nuevo inscrito obtendrá el acceso a Agencia Virtual.
La Agencia Virtual le permitirá realizar sus consultas y gestiones vía electrónica y generar su constancia de Registro Tributario Unificado (RTU) sin tener que presentarse a una Oficina o Agencia Tributaria para trámites posteriores.
¿Quiénes podrán utilizar este formulario?
Las personas individuales o jurídicas que requieran su NIT para la realización de transacciones con uno o más bancos del sistema, compra de un bien inmueble, por mayoría de edad o para la realización de gestiones aduaneras y gestiones varias.
Requisitos
Los contribuyentes deberán poseer cuenta de correo electrónico (Hotmail, Gmail, Yahoo, etc.) para confirmar la solicitud y al presentarse a concluir su trámite (Oficina o Agencia, Aduana o Banco) debe presentar los requisitos según corresponda.
Puede consultar los requisitos en los siguientes enlaces:
Requisitos para las Personas Individuales que requieran el NIT sin obligaciones
Requisitos para las Personas Jurídicas que requieran el NIT sin obligaciones
Vencimiento del formulario
La solicitud o número de solicitud deberá ser presentada en cualquier de las oficinas mencionadas de la SAT o en el banco dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que recibió el correo para descargar el formulario de solicitud, caso contrario deberá realizar una nueva solicitud.
Para descargar el formulario y hacer los trámites respectivos se recomienda utilizar el explorador Google Chrome.
Manual
Puede consultar aquí el manual o guía para completar el formulario
Para llenar el formulario presione aquí
La SAT refiere que para mayor información el interesado se puede comunicar al centro de llamadas número 1550