Economía

Coronavirus: Con un reglamento, gobierno dirá a qué usuarios no se les podrán cortar servicios

El gobierno busca definir en el reglamento del decreto 15-2020 a qué usuarios no se les podrían cortar los servicios públicos. En el caso de la energía la propuesta del MEM es incluir solo a quienes consumen hasta 300 kilovatios.

El decreto 15-2020 entra en vigencia el viernes 22 de mayo, pero el gobierno debe emitir el reglamento. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

El decreto 15-2020 entra en vigencia el viernes 22 de mayo, pero el gobierno debe emitir el reglamento. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

Dicho decreto no establece algún parámetro límite de consumo para prohibir los cortes, por lo que compañías que prestan servicios, principalmente de energía, no lo apoyan. Argumentan que al quedar generalizada la prohibición, usuarios que sí tienen capacidad de pago podrían dejar de hacerlo y provocaría la insostenibilidad del servicio.

 

El decreto fue publicado el jueves 21 de mayo en el Diario de Centro América.

El ministro de Energía y Minas, Alberto Pimentel, explicó a medios de comunicación locales que el decreto cobra vigencia este viernes 22 de mayo, pero que ya se ha avanzado en el reglamento, el cual se prevé que esté listo este fin de semana. “Idealmente no debería pasar del fin de semana para que esté listo el reglamento, pero dependerá de la agenda del presidente y del resto del gabinete”.

La intención es que con el reglamento se aclaren algunos parámetros que en el decreto no están definidos y quedaron abiertos, explicó el funcionario.

En el caso servicio de energía eléctrica lo que se busca es definir en forma concreta quien califica como población, o usuario, en estado de vulnerabilidad, el cual es el concepto que usa el decreto, a quien no se le podrían efectuar cortes.

Se busca certeza en los usuarios y en las empresas distribuidoras acerca de quienes van a poder gozar del apoyo que este decreto otorga.

El ministro dijo que hay diferencia de los parámetros en los servicios de agua, energía, teléfono e internet porque la naturaleza de estos es diferente.

Expuso que en energía eléctrica el parámetro, basado en el nivel consumo del beneficiario es fácil de determinar porque se miden en función de los kilovatios consumidos en un mes.

En telefonía es diferente ya que las compañías ofrecen distintos planes, por lo que eso ya implica una diferencia en el tratamiento que hay que darle, igual situación sucede en el servicio de agua entubada, no todas las municipalidades instalan medidores en las casas, agregó el funcionario.

La propuesta que hizo el Ministerio de Energía y Minas (MEM) al presidente, Alejandro Giammattei, es que se considere población vulnerable a los usuarios que consumen hasta 300 kilovatios hora, pero ahora hay que ver como queda en el reglamento, dijo Pimentel.

Para la telefonía se propondría que no se pueda cortar el servicio, pero que se pueda brindar un servicio básico, dijo el ministro, aunque dijo que no tenía detalles porque eso le compete al Ministerio de Comunicaciones el que lo debe definir.

Cada ministerio generó la propuesta de cómo reglamentaría la parte del referente al servicio que le compete y ahora se trabaja en un dictamen jurídico conjunto, el cual se trasladaría al presidente.

ESCRITO POR:
Rosa María Bolaños
Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.