En el ciclo de recuperación económica en que se encuentra Guatemala, este proyecto reactivará el sector de construcción de vivienda popular, al brindar un tratamiento especial para los núcleos familiares que podrían aplicar sobre todo para vivienda social, ya que en la actualidad no pueden acceder a una compra debido a que no son sujetos de crédito por los montos mensuales para poder cubrir las cuotas o letras.
Al respecto se crean los lineamientos técnicos, sociales y financieros para que las personas puedan acceder a una unidad habitacional, con la regulación de un mecanismo de mercado que fomente la adquisición bajo la premisa de tasa de interés preferencial para préstamos hipotecarios, ya que un buen porcentaje de la población no puede calificar “si la cuota que debe de pagar no está a su alcance”.
“Las altas tasas de interés que en ese entonces rondaban del 11 al 13% en 2014 motivo que se pudiera formular una tasa preferencial para que las personas puedan acceso a comprar una vivienda, acceder al financiamiento bancario derivado del déficit habitacional de ese entonces, se estableció un techo de autorización equivalente a los US$50 mil – unos Q385 mil-, pero entiendo que se realizarán algunas enmiendas”, expuso el diputado Óscar Chinchilla quien fue el ponente de la iniciativa 4818.
Al final, según Chinchilla, el techo quedó entre Q510 mil y Q520 mil y ya no en los US$50 mil que se plantearon en la propuesta original de 2014.
En Guatemala, el déficit habitacional calculado al 2021 es de un millón 980 mil 527 unidades, según un documento de la Comisión de Estadísticas de la Cámara Guatemalteca de la Construcción (CGC), siendo Guatemala, Huehuetenango, San Marcos, Alta Verapaz, Escuintla y Suchitepéquez, los que concentran una buena parte.
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El documento expone que se crea un marco regulatorio legal para que el Estado pueda otorgar una tasa de interés subsidiada.
“Es la tasa de interés anual que absorbe el Estado de Guatemala, a través del mecanismo de acreditación tributaria al impuesto sobre la renta (ISR) a cargo de las entidades autorizadas por el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA)”, señala un análisis de la Asociación Nacional de Constructores de Vivienda (Anacovi).
El alcance de la propuesta sería en los siguientes rangos: del mes uno al 48 -cuatro años- el 40% de la tasa de referencia; del mes 49 al 84 -dos años- el 30% de la tasa de referencia, y a partir del mes 85 en adelante ya no se aplicará el descuento.
Chinchilla reconoció que, en el contexto actual, la tasa de interés para préstamos hipotecarios ha disminuido, y hay un consenso con las autoridades del Ministerio de Finanzas y administrador tributario, para que en el primer año no fuera el 50% de reducción de la tasa de interés.
Chinchilla citó como ejemplo que, si la tasa ronda el 7%, la reducción podría ser del 3.5%, pero la enmienda que se presentó fue que sea 40% en el primer año, y en los sucesivos 30% en la mejora de esa tasa preferencial para las personas que puedan aplicar, cumplir con los requisitos y poder acceder a un financiamiento para vivienda en cualquier parte del país.
Según el diputado se trataría de una retención de la entidad financiera, para la clase trabajadora en relación de dependencia para las entidades públicas y privadas.
Según el parlamentario, la ley entrará en vigor un día después de su publicación en el diario oficial y reiteró que solo aplicará en la construcción de nuevas viviendas.