Ramos recuerda que le dijeron que debía llamar cada dos meses, para saber el estado de su trámite de jubilación. Sin embargo, con la llegada de la pandemia del Covid-19, ya no podía ir personalmente, por lo que en el IGSS le proporcionaron un correo electrónico para seguir consultando o si lo deseaba, podía llamar a un PBX.
Con la ayuda de su hija, Ramos solicitaba cada dos meses información sobre su trámite y la respuesta era más o menos la misma: que volviera a consultar dentro de otros dos meses, y así, hasta después de más de un año y medio.
“Le dicen a uno que más o menos en un tiempo de año y medio tendría que salir (la jubilación), pero hay que estar preguntando cada dos meses, pero uno tiene que estar encima de todo y presionar para que trabajen su caso”, contó Ramos.
Muy parecido al caso de Ramos, es el de Juan González, quien unos meses después de cumplir los 60 años, en julio de 2019, y tras 26 años de trabajar, ingresó su solicitud de jubilación y le dijeron que el trámite podría demorar ocho meses, y que llamara cada mes para saber sobre el estado del trámite.
“Yo llamaba cada mes y cada vez se enojaban más. Un día fui personalmente y la persona que me atendió me habló enojada. Me dijo que llegar a preguntar dentro de dos meses”, recordó González.
Un reclamo efectivo
Derivado de ese incidente, uno de sus familiares publicó una queja en Twitter, que pronto se viralizó. Ese mismo día del tuit, el 11 de agosto de 2021, más de dos años después de ingresada la papelería, contactaron a González del área de pensiones, para indicarle que se presentara a las oficinas del IGSS, para indicarle que su caso estaba resuelto y la fecha en se le depositaría el beneficio.
La hija de Ramos vio el tuit del familiar de González y comentó el caso de su mamá, por lo que al siguiente día fue contactada para notificarle que le había salido la jubilación. “La última vez que me contestaron decían que debí esperar un mes aproximadamente, luego cuando fue lo del tuit, resultó que ya no había que esperar, 12 de agosto respondieron: nos informan del área de IVS (Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia) que el caso ya tenía resolución y estaba pendiente la notificación”.
Como Ramos y González, esta es la realidad de varios centenares de personas que a diario llaman o escriben un correo para saber sobre el estado de su jubilación, o que esperan una llamada o un mensaje con la buena noticia de que su caso ha sido resuelto favorablemente.
El IGSS, a través del IVS de la Subgerencia de Prestaciones Pecuniarias, es la institución encargada de otorgar los beneficios económicos a las personas que han trabajado durante años en empresas privadas y que ya cumplieron con los requisitos optar a una jubilación o a una pensión.
Es que el primer contratiempo que podría demorar el proceso, incluso antes de iniciar el trámite, es reunir la constancia de aportaciones realizadas por los patronos, ya que, hasta antes de 2012, los informes eran presentados de manera física (en papel), y solo después de ese año, se puede consultar virtualmente las aportaciones al Seguro Social.
Requisitos para solicitar la jubilación
A continuación, los pasos y requisitos que deben cumplir los afiliados para tramitar su jubilación por vejez, actualizados a marzo de 2023, según información que se encuentra en la página web del IGSS:
- Condiciones vigentes:
- Tener acreditados un mínimo de 240 meses de contribución al Programa de IVS.
- Haber cumplido la edad mínima de 60 años.
- Requisitos documentales:
- Original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI), vigente.
- Original del formulario Historial Laboral, detallando todos los patronos y fechas con los cuales laboró de marzo de 1977 a la fecha.
- Si la persona laboró para el IGSS, debe presentar Constancia original de todo el tiempo laborado al servicio de la Institución (como supernumerario (a) y/o nombrado (a), extendida por la Subgerencia de Recursos Humanos).
Si agrega esposa/ conviviente o con quien tiene unión de hecho legalizada:
- Original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI), vigente. (La afiliada puede incluir a su esposo como beneficiario, solo cuando él esté totalmente incapacitado para el trabajo o dependa económicamente de la afiliada).
- Original de Certificado de Matrimonio o de Unión de Hecho. (La afiliada puede incluir a su esposo como beneficiario, solo cuando él esté totalmente incapacitado para el trabajo o dependa económicamente de la afiliada).
Si agrega hijos menores de edad y/o mayores de edad con incapacidad
- Original de Certificado de Nacimiento de los hijos menores de edad y/o mayores de edad con incapacidad.
- Original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI), vigente, de los hijos mayores de edad con incapacidad.
Si agrega padres dependientes:
- Original y fotocopia del Documento Personal de identificación (DPI) vigente, de la madre que no esté pensionada por derecho propio y dependa económicamente del asegurado; y/o, el padre incapacitado que no esté pensionado por derecho propio y dependa económicamente del afiliado.
- Original de Certificado de Nacimiento del afiliado que solicita la pensión.
- Original del formulario de Declaración Jurada, si agrega esposa o conviviente, hijos menores y mayores de edad con incapacidad y/o padres dependientes.
Dato importante sobre los documentos
- Todos los documentos emitidos por el Registro Nacional de Personas (Renap) deben coincidir en nombres y apellidos, tal como aparecen registrados en los documentos de identificación aportados, sin excepción.
- Vigencia de las certificaciones emitidas por el Renap: 6 meses.
- Si el afiliado no puede firmar, leer y/o escribir, debe venir acompañado por dos personas mayores de edad que sepan leer y escribir, con DPI vigente en original y fotocopia para que actúen como testigos.
- Si el afiliado tiene identificación de persona o cambió de nombre, debe presentar Certificado de Nacimiento.
- El trámite es personal y gratuito; no necesita tramitador ni asistencia de un abogado
Pasos para solicitar la jubilación
- Al tener acreditado un mínimo de 240 meses de contribución al Programa de IVS, y haber cumplido la edad mínima de 60 años, todo trabajador afiliado al IGSS puede tramitar su jubilación:
- En el siguiente enlace, puede encontrar los requisitos y formularios: https://www.igssgt.org/ivs/pension-por-riesgo-de-vejez/
Proceso para solicitar la jubilación
Una vez haya completado el formulario de solicitud, la hoja de historial laboral y tener la documentación requerida en la hoja de requisitos, comuníquese a los siguientes teléfonos para informar que ya cuenta con los requerimientos:
- PBX 1522, opción 3
- Teléfono de la delegación o caja departamental más cercana (si reside en el interior del país. Aquí el directorio: https://www.igssgt.org/wp-content/uploads/2019/06/Delegaciones-y-Cajas-Departamentales.pdf
- Posteriormente, un agente de atención al usuario contactará al afiliado y le informará el proceso a seguir.