[contact-form][contact-field label=”Name” type=”name” required=”true” /][contact-field label=”Email” type=”email” required=”true” /][contact-field label=”Website” type=”url” /][contact-field label=”Message” type=”textarea” /][/contact-form]
Autoridades del Ministerio de Trabajo y Previsión Social informaron este miércoles 16 de diciembre que comenzará con las inspecciones en empresas para garantizar que los trabajadores reciban el beneficio del aguinaldo.
Dulce Patricia Zúñiga, inspectora general de Trabajo, dijo que la prestación laboral del aguinaldo es obligatoria en el sector público y privado, equivalente al 100% del salario ordinal devengado.
“El aguinaldo debe pagarse el 50% en la primera quincena de diciembre y el 50% restante en la primera quincena de enero”, resaltó.
“Hoy empiezan los operativos en sectores como industria, servicios, maquilas… para lo que contamos con 124 inspectores a nivel nacional que realizarán, hasta el 31 de diciembre, un total de dos mil 300 inspecciones”, detalló.
María Isabel Salazar, viceministra administrativa, añadió que los operativos pueden extenderse hasta el 31 de enero del 2021 para garantizar que la segunda parte del aguinaldo sea pagada a los trabajadores.
“Vamos a culminar con unas 27 mil inspecciones en distintas materias, por denuncias presentadas por incumplimiento de prestaciones, despidos directos o indirectos en donde no se han fijado el pago de prestaciones”, detalló Salazar.
Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo, dijo que una de las dudas surgidas, debido a la situación en el país por el coronavirus, es si la suspensión del contrato laboral afecta el pago del aguinaldo.
“El derecho al salario persistió, aunque la persona no lo haya estado recibiendo, por lo que el cálculo de aguinaldo se hace sobre el derecho que tenía el trabajador sobre ese salario, aunque se haya suspendido”, indicó.
“Hubo una pérdida de afiliación en el Seguro Social de alrededor de cien mil personas, por haber estado suspendidas las labores económicas a causa de la pandemia. Se verificará el cumplimiento de los pagos de un millón 300 mil trabajadores”, detalló el jefe de la cartera de Trabajo.
Inspección y multa
El ministro Rodríguez añadió que las multas por no efectuar el pago del aguinaldo pueden ser de ocho a 18 salarios mínimos mensuales vigentes por actividades no agrícolas.
“Ahora empiezan los procesos de inspección, si se determina que no se ha hecho un pago del salario se le prevendrá al empleador para que cumpla la obligación y luego se verificará el cumplimiento. Si no se hizo el pago, automáticamente empieza el proceso de sanción”, dijo Rodríguez.
Los números de teléfono habilitados por el Ministerio de Trabajo para interponer denuncias por el impago del aguinaldo son: 2422 2501 al 03