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Carrera contra el tiempo para operativizar la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, dependen del reglamento y la creación de plazas
La Ley de Infraestructura Vial Prioritaria entrará en vigencia a inicios de enero del 2025, pero para empezar a operar con sus diferentes instancias tiene un cronograma que van desde 1 hasta 36 meses.
En un plazo de hasta de 18 meses posteriores al inicio de vigencia del decreto 29-2024, se debe tener la Dirección que operará la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, entre otros plazos establecidos (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).
Para lograr operativizar la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria (decreto 29-2024) hay dos retos importantes y que requieren de tiempo para prepararlos y ponerlos en vigencia.
No es el reglamento de la Ley, el cual deberá ser emitido por el Organismo Ejecutivo en no más de 10 meses a partir de la vigencia de esta, pero también se deben reformar otros reglamentos para crear tal Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP).
Y la otra es la creación dos plazas clave para la nueva institución y que empiece a operar, así como crear el resto de las plazas del personal que se va a requerir.
Una vez que cobre vigencia dicha la ley se tiene un plazo de hasta 18 meses para tener la institución operativa la cual es la DIPP y hasta 36 meses para que esta asuma la totalidad de la responsabilidad sobre los tramos priorizados y realizar las contrataciones y la implementación del modelo y los recursos.
Al respecto Jorge Benavides, investigador de Fundesa, dijo que al ser una Dirección nueva se deben hacer varios procesos para armar la institución basada en varias leyes como la Ley Orgánica del Organismo Ejecutivo establece que se debe modificar el reglamento de orden interno del Ministerio de Comunicaciones, el cual establece de qué va a ser responsable cada entidad y colocarla en el organigrama. A criterio del analista ese paso es fácil y lo puede hacer el Ministerio con un acuerdo gubernativo firmado en gabinete de Estado y con la firma del presidente de la República.
Luego de creada esa dirección se le debe dotar de personal lo cual conlleva varios procesos en la Oficina Nacional de Servicio Civil (Onsec), que requerirá de 8 meses a un año, según la experiencia que se conoció del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) cuando fue creado, mencionó. Y, una vez toda esta parte está creada también se debe lograr que Minfin lo apruebe y que la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de Cuentas no tengan algún reparo.
“La Dirección no va a empezar a funcionar en automático cuando entre en vigencia la ley y tiene que hacer todo ese proceso”, dijo Benavides, quien considera que el plazo de 18 meses que se fijó en la ley para ello es adecuado para tener listos los reglamentos, aspectos administrativos y de personal.
Puestos y procesos necesarios
Para los puestos, primero se tienen que crear las descripciones y perfiles de puestos, es decir saberse que tipo de personal se va a requerir cuáles van a ser las funciones a quienes le van a reportar.
Dentro de estos, los más importantes son dos o tres puestos que se deben aprobar inicialmente. El primero es el responsable de la unidad ejecutora, y como es una Dirección la entidad creada, tendría que ser un director, aunque posteriormente se le pueda llamar gerente como dice la ley, y este es el cuentadante ante la Contraloría General de Cuentas, añadió Benavides.
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A consideración del analista ese puesto es el más importante que se tiene que aprobar la Onsec porque a partir de este se van a integrar todos los demás y si ese puesto no existe no se podrá contratar a nadie más.
Luego no solo se debe definir solo el puesto, sus descripciones, sino que también es atribución de la Onsec de la mano con el CIV definir el esquema salarial. Se debe tomar en cuenta que la DIPP va a tener su propio régimen de contratación y su propia escala salarial, entonces se debe armonizar, para definir que no habrá personal que gana unos Q250 mil, pero no necesariamente va a ser igual que el resto del ministerio.
Ya hecho ese paso se deberá crear el según perfil que es el director financiero, el cual en algunas entidades va junto al administrativo y en otras es separado, y estos son los puestos que van a tener relación con el Ministerio de Finanzas para la asignación de recursos, autorización de pagos y otros.
Benavides refiere que esos dos puestos tienen que ser contratación con renglón 011 y se tienen que financiar con recursos ordinarios y con el presupuesto de la institución garantizar que están cubiertos.
Con estos dos ya puede crear el resto de los puestos y dependiendo lo que necesite la Dirección que pueden ser 011, 018, 022 o 029, ya que se puede definir algunos a tiempo completo y otros temporales.