La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente el jueves 3 de octubre dos artículos del Acuerdo Gubernativo 89-2019, que dio vida jurídica al reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para poder contratar empleados por horas, o como se le conoce, de tiempo parcial.
Este viernes 4 de octubre, 24 horas después de la publicación del fallo de la CC en el Diario de Centro América, el sector empresarial organizado, a través del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), se pronunció en contra de la resolución.
“Este convenio es necesario para la economía del país porque permite que se desarrollen nuevas oportunidades de empleo así como condiciones para los trabajadores”, manifestaron en un comunicado.
Los cálculos de la gremial apuntan a que en los primeros cuatro años de la implementación de este instrumento (en caso de que no haya un fallo firme que resuelva la inconstitucionalidad), se generarían hasta 153 mil 705 empleos.
Proceder “irresponsable” e “ideológico”
Esos empleos, apunta el Cacif, “aportarían considerablemente en la reducción de la informalidad la migración y la pobreza el beneficio directo de estos puestos de trabajo se traduce en mejores ingresos familiares el aumento de la productividad acceso al sistema financiero mayor cobertura de seguro social y mejor calidad de vida”.
“Resulta inexplicable el fallo de la CC y la decisión deja en suspenso dos artículos del reglamento y con esto provoca una falta de certeza jurídica poniendo en riesgo cientos de miles de potenciales empleos y reduciendo la competitividad empresarial”, continúa el comunicado.
Estamos frustrados por lo que está sucediendo. Generamos más de 50 mil empleos. El trabajo a tiempo parcial impacta a futuro en más de 7 mil plazas. Son 7 mil familias que se verán afectadas, afirma Enrique Barrascout, del Sector de Contact Center #Convenio175 pic.twitter.com/PG2A9cQWZ8
— CACIF Noticias (@CACIFnoticias) October 4, 2019
El pronunciamiento refiere que “desde hace más de 3 años ciertos magistrados de esta Corte sistemáticamente han fallado de una manera irresponsable e ideológica, además hemos visto como estos mismos magistrados han cambiado jurisprudencia de la misma corte destruyendo la certeza jurídica del país”.
El Cacif requirió en su comunicado que:
- La CC revoque la decisión de suspender los artículos del reglamento
- Tomar en cuenta los argumentos jurídicos que los distintos sectores están desarrollando por medio de las solicitudes de tercero interesado
- De conformidad con lo manifestado en su comunicado de prensa sobre el particular que el Ministerio de trabajo tome las medidas necesarias para resguardar el derecho al trabajo de aquellas personas hoy contratadas bajo el régimen de trabajo a tiempo parcial que se encuentra vigente.
Informalidad
La Corte de Constitucionalidad suspendió de forma provisional los artículos 2 y 4, así como frases de otros que hacían referencia, principalmente, al traslado de trabajadores de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa y que señalaba que las prestaciones laborales se establecerían de forma proporcional, por lo que reducía en gran medida el salario.
De los 14,9 millones de habitantes que hay en Guatemala un total de 9,9 tiene 15 años o más y por esto está considerada como “en edad de trabajar”, aunque solo 5 millones de personas están dentro de la Población Económicamente Activa.
Pronunciamiento del sector empresarial organizado: pic.twitter.com/XkNdBUGTPF
— CACIF Noticias (@CACIFnoticias) October 3, 2019
Los datos oficiales señalan que siete de cada diez guatemaltecos que tienen empleo están en la economía informa, es decir, que no tienen prestaciones laborales.
Con información de EFE
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