La plataforma, que está disponible las 24 horas del día, permite realizar una serie de operaciones tributarias y gestiones fiscales.
Operaciones de servicios:
- Actualización de datos en línea.
- Solicitud de cese prescrito de negocio.
- Impresión de RTU.
- Cambio de contador registrado.
- Habilitación de emisión de factura electrónica.
- Acreditación de certificadores electrónicos.
- Emisión y consulta de retenciones.
- Traspasos electrónicos de vehículos.
- Autorización de máquinas registradoras.
- Autorización de documentos.
- Activación o inactivación de imprentas.
- Sistema de libro electrónico de pequeños contribuyentes.
Operaciones de consultas:
- Datos del contribuyente.
- Afiliaciones y obligaciones.
- Establecimientos registrados.
- Consulta de documentos tributarios electrónicos.
- Vehículos propios.
- Traspasos electrónicos generados.
- Libros autorizados.
- Facturas y otros documentos autorizados.
- Formularios y declaraciones presentadas.
- Acreditaciones de imprentas otorgadas y recibidas.
- Información sobre trámites y documentos de aduanas.
- Estado de trámites.
- Reporte de libro de compras y ventas de pequeño contribuyente.
Otros servicios:
- Administración de cuenta.
- Consulta e-servicios.
- Presentación y pago de formularios con valor cero o con valor utilizando tarjetas Visa.
- RTU Nube.
¿Cómo activar la Agencia Virtual de la SAT?
Habilitar la AV es muy sencillo. Los contribuyentes pueden realizaron remotamente. Previo a iniciar el trámite de activación, es importante contar con lo siguiente:
Para una persona individual
- Número de Identificación Tributaria (NIT)
- Documento Personal de Identificación (DPI) vigente y en buen estado.
- Factura de agua, luz o teléfono no mayor a tres meses.
- Cuenta de correo electrónico personal.
- Pasaporte en el caso de ser extranjero.
- Vídeo que no sobrepase los 10 MB donde muestra su DPI.
Escanear o fotografiar el DPI original vigente de ambos lados (en buen estado), o la hoja que contiene los datos en el pasaporte en caso de ser extranjero. Guardar la imagen en un archivo en formato .pdf, .jpg, jpeg, o jpe, (No editar imágenes y no usar filtros y/o flash).
Grabar un video, de preferencia de 720 píxeles, con un tamaño no mayor 10 MB y/o que dure menos de 8 segundos, en el que se debe mostrar el rostro junto con tu DPI original vigente, (Si el DPI está en trámite, mostrar la constancia emitida por el RENAP) o pasaporte vigente en caso de ser extranjero e indicar nombre y apellidos completos y fecha en que se realiza la solicitud. El archivo del video debe estar en formato mp4. El rostro descubierto.
Para una persona jurídica
- Nombramiento legal vigente
- Los timbres CFDI correspondientes
- DPI del representante
- Documento de constitución con su razón de registro
- Factura de agua, luz o teléfono no mayor a tres meses
- Domicilio fiscal
- NIT del contador
- NIT del notario que realizó el documento de constitución
- Correo electrónico exclusivo de la persona juridica
- Vídeo que no sobrepase los 10mb donde muestra su DPI
- El representante, el contador y el notario deben tener sus datos actualizados en el sistema
- Registro Tributario Unificado (RTU) personal.
Escanear o fotografiar DPI original vigente de ambos lados y en buen estado o la hoja del pasaporte que contiene los datos de ser extranjero, del representante legal. Guardar la imagen en un archivo en formato .pdf, .jpg, jpeg, o jpe, sin edición ni uso de flash.
Escanear o fotografiar el nombramiento de representación legal. Verificar que el código QR se encuentre legible. Grabar un video similar al que se solicita para la persona individual.
Pasos para habilitar la AV
- En el Portal SAT dirigirse al recuadro de Agencia Virtual, dar clic en el enlace Solicitar Usuario.
- Ingresar el captcha solicitado para poder continuar.
- Ingresar los datos que solicitados por el sistema. (NIT, fecha de nacimiento o fecha de constitución de la sociedad, según corresponda; Código Único de Identificación (CUI) del DPI.
- Ingresar correo electrónico personal que se registrará para la Agencia Virtual (correo para confirmar la solicitud y recibir notificaciones) y establece una contraseña de Agencia Virtual, (si es mandatario debe dar clic en mandatario).
- El sistema enviará un mensaje al correo electrónico registrado, para validar el código de seguridad.
- El sistema desplegará una ventana para adjuntar los requisitos (escaneo o fotografías de documentos) según el tipo de personería (Individual o Jurídica) y el video.
¿Qué debe tomarse en cuenta al solicitar AV?
- Los requisitos deben subirse en el campo que le corresponde a cada documento según su solicitud.
- Para las personas con discapacidad se deben subir los documentos en el campo correspondiente, el documento de Identificación de la persona con Discapacidad y el DPI de la tercera persona, la constancia de discapacidad o certificado médico con los timbres y sellos correspondientes, (para los casos en que se indique la discapacidad en el DPI, adjuntar el DPI en este apartado.).
- En el video, en caso de que el contribuyente tenga discapacidad auditiva, es persona sorda o no puede articular palabras, debe ser una tercera persona la que indique el nombre y apellidos completos. Ambos deben aparecen en el video.
- Solo se aceptan escaneo o fotografías de los documentos originales, no de fotocopias.
- Los archivos a adjuntar no pueden superar los 12 MB, y no pueden ser compartidos desde la nube.
- El horario de atención de solicitudes es de 08:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes.