En un video al que Prensa Libre tuvo acceso, se ve que el guardameta Cristian Soto la encara para recriminarle al parecer su trabajo durante el juego y al mismo tiempo su compañero de equipo Christian González hace lo mismo, lo que provocó una trifulca que manchó el final del compromiso.
Asimismo, el capitán del equipo Esmailin Blanco, según Bradley los buscó en el camerino para increparlos e insultarlos y hasta llegar a amenazarlos de muerte.
Todo esto, Dilia Bradley lo presentó mediante un reporte arbitral el cual llegó a manos de los miembros del Órgano Disciplinario de la Liga Segunda División.
El tema entró en discusión ayer el ente disciplinario tomó las medidas pertinentes según su reglamento de competencia y aplicó una fuerte sanción y una multa para los jugadores.
Tanto Cristian Soto, como Christian González y Esmailin Blanco, fueron suspendidos de toda actividad federara por un tiempo de 2 años y deberán de pagar Q6 mil 500.
Los futbolistas fueron castigados, basado en los artículos 95, 102 y 103 del Reglamento Disciplinario.
Artículo 95; PARTICIPACIÓN EN HECHOS VIOLENTO: Se consumará cuando los oficiales o jugadores de un club o equipo, agredan a los oficiales y jugadores del equipo adversario, periodistas o cualquier persona que asista a un encuentro de futbol, o participen en una riña particular o generalizada en las instituciones deportivas.
Artículo 102; IRRESPETO AL ÁRBITRO
- Se dirija a cualquier miembro del cuerpo arbitral empleando lenguaje ofensivo, grosero y obsceno. (antes, durante y después de finalizado el encuentro).
- Proteste realizando gestos exagerados ante los fallos arbitrales.
- Preste resistencia al cumplimiento de las decisiones del árbitro o se plante ante él en actitud insolente o de reto, manotee, arrebate o tire al suelo alguna de las tarjetas del árbitro o silbato o la banderola de los asistentes.
- Incite a sus compañeros a desobedecer las decisiones arbitrales.
- Hacer burla de las decisiones arbitrales.
ARTÍCULO 103; AGRESIÓN AL ÁRBITRO: Estará constituida por la acción de un jugador a causar daño físico a cualquier miembro del cuerpo arbitral, en funciones o no de sus labores, antes, durante o después del encuentro lesionándolos o no.
A pesar de que el portero Soto se expresó en sus redes sociales, donde acepta que se equivocó por la forma tan airada de reclamar, también negó haber insultado y agredido a la árbitra, pero la sanción ya entró en vigor, aunque podrán apelar dicho castigo.
Asimismo, el señor José Lino Solís García, delegado de cancha del conjunto de CSD Amatitlán, recibió una suspensión de 6 meses y una multa de Q2 mil, basado en el artículo 82 del Reglamento Disciplinario que dentro de lo establecido resalta: se imputará cuando el árbitro o los árbitros asistentes de un encuentro sean víctimas de escupitajos, insultos, acusaciones de parcialidad en el ejercicio de su labor; sean empujados, pechados o se intente agredirlos de hecho, por parte de oficiales, ya sea en los pasillos que comunican al terreno de juego, túneles y camerinos. Asimismo, cuando éstos sean conducidos por la organización local al momento de su ingreso o egreso del estadio, entre el público o afición con el fin sean víctimas de agresiones físicas, verbales o agresiones físicas.
Esto debido a que Bradley señaló a Solís García de pedirles que nos los perjudicaran que si necesitaban algo extra que solo lo pidieran y se lo conseguían.