Se trata de Gabriela Estefanía Caniz Estacuy, de 31 años, a quien los pobladores señalan de haberle entregado sus ahorros con el fin de obtener algunos intereses a cambio.
Caniz Estacuy, según los denunciantes y medios locales, es esposa del secretario departamental y candidato a diputado distrital en primera casilla del partido Todos, Gerson Nehemías Tun Zapon.
Juntos llevaron a cabo la presunta estafa de más de Q3 millones. Hasta ahora el MP no ha informado si ha abierto alguna investigación contra el candidato, quien por ahora goza de inmunidad.
Los tres delitos
En la audiencia de la semana pasada en la alcaldía indígena se acusó a Caniz Estacuy y su esposo Tun Zapon, de ofrecer a unas 23 personas altos intereses a cambio de depositar sus ahorros en una financiera. Sin embargo, esto nunca ocurrió.
La investigación de las autoridades indígenas duró poco más de tres meses antes de arrestarla y sentarla en el banquillo de los acusados. Ahora todo ha quedado en manos de las instituciones nacionales que persiguen diversos delitos penales.
Caniz Estacuy fue notificada de los tres delitos que se le acusan el 22 de mayo a eso de las 11 horas en la carceleta que está en la subestación de la Policía Nacional Civil (PNC) 72-1-1 de la cabecera departamental de Sololá.
El MP la procesará por los delitos de casos especiales de estafa, apropiación y retención indebida e intermediación financiera.
Penas y multas
El primero delito está tipificado en el artículo 264 del Código Penal. En el inciso 1: “Quien defraudare a otro usando nombre fingido, atribuyéndose poder, influencia, relaciones o cualidades supuestas, aparentando bienes, comisión, empresa o negociaciones imaginarias”. La pena de cárcel por este delito es de cinco a diez años y una multa equivalente al monto defraudado.
Mientras que por la apropiación y retención indebida, establecido en el artículo 272 del mismo Código, establece que “quien, en perjuicio de otro, se apropiare o distrajere dinero, efectos o cualquier otro bien mueble que hubiere recibido en depósito, comisión o administración, o por cualquier otra causa que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, será sancionado con prisión de seis meses a cuatro años y multa de cien a tres mil quetzales”.
Y conforme el artículo 96 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, “comete delito de intermediación financiera la persona que sin estar autorizada, realiza de manera habitual, en forma pública o privada actividades que consistan en la captación de dinero, o cualquier instrumento representativo del mismo, del público, tales como la recepción de depósitos, colocación de bonos, títulos u otras obligaciones, destinándolo al financiamiento de cualquier naturaleza, sin importar la forma jurídica que adopten dichas captaciones y financiamientos”.
Las penas de cárcel inconmutables van de cinco a 10 años y multas entre los 10 mil y 100 mil quetzales.
El caso de Caniz Estacuy lo conoce Juzgado de Primera Instancia Penal de Sololá, quien la escuchará en su audiencia de primera declaración.
Este caso trae a la mente otro que ha ocurrido en ese departamento. Se trata el que consumó la Consultoría Empresarial de Guatemala, quien en forma fraudulenta recaudó más Q30 millones de pequeños empresarios y migrantes en tres municipios sololatecos. Al final fueron condenados.
Acá la historia: Así consumó la Consultoría Empresarial de Guatemala la estafa a 400 clientes en Sololá