Marcela Dubón, fiscal de la Fiscalía contra la Corrupción del Ministerio Público (MP), explicó que la medida se debió a que los sindicados aceptaron los hechos imputados y entregaron la información que un ciudadano solicitó el año pasado.
Recordó que los concejales Víctor Hernández Godínez, Arturo López López, Oscar Ofelio López Pérez, Alba Yolanda López López, Raúl Damián Santos Apén, Macario López López y Carlos Arístides Guachín López, director de la Unidad de Libre Acceso a la Información Pública, estaban bajo investigación por retención de información, aunque tenían medida sustitutiva.
Aseguró que el delito perseguido no excede los cinco años de cárcel. Dubón añadió que los sindicados no son reincidentes y que aceptaron la veracidad de los hechos; además, comprobaron que la información retenida fue entregada de forma satisfactoria al solicitante.
Durante la audiencia, la fiscal solicitó a Patricia Gámez, jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez, imponer a los beneficiados una donación de Q2 mil cada uno en favor de una organización dedicada a la obra social en ese municipio.
Luego de haber sido escuchada la petición de la fiscal, el Juzgado decidió que cada funcionario haga la donación de Q1 mil 500.
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También, durante este año deberán asistir a un curso de capacitación sobre la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. El cumplimiento de la donación y del curso serán supervisados por la referida fiscalía.
La jueza Gámez explicó que los empleados públicos son depositarios de la autoridad y jamás superiores a la ley; además, recordó que la ley violentada se aprobó debido a la opacidad en la administración pública y es un mecanismo legal a través del cual el ciudadano tiene acceso a la información.
Enfatizó que “los empleados públicos sirven a la población, por eso el servicio que prestan tiene que ser lo más transparente posible y están obligados a la rendición de cuentas de cada centavo que se administra y de cada acto que se ejecuta”.
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Freddy Gálvez, abogado defensor, informó que el MP argumentó en acto conclusivo las investigaciones del caso y presentó la suspensión condicional de la persecución penal, porque es un beneficio procesal establecido en el Código Penal, debido a que los sindicados cumplieron con los requisitos establecidos en ley para ser beneficiados con esta medida.
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