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El Concejo declaró zona protegida esa área de La Pedrera y cedió los derechos para su cuidado a la Dirección de Medio Ambiente.
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Un año y medio tomó al personal de la Dirección de Catastro efectuar las mediciones correspondientes, los trazos, obtener las coordenadas para delimitar la zona, localizar la escritura del terreno e indagar con los vecinos sobre cómo obtuvieron la tierra donde han construido viviendas.
La Jueza de Asuntos Municipales Thully Jacobs manifestó que hay ingresados desde el 2013 en el juzgado 22 títulos supletorios de personas que buscan un dictamen donde la comuna “asegure que los terrenos que reclaman –en La Pedrera– no son propiedad municipalidad” para registrarlos a su nombre.
Desde La Pedrera así se aprecia la ciudad de Quetzaltenango. (Foto Prensa Libre: Mynor Toc)En el 2013, un acuerdo de la corporación del exalcalde, Jorge Barrientos Pellecer, suspendió darle trámite a los títulos supletorios para evitar que la comuna perdiera cientos de cuerdas de terreno en el municipio.
“Con el informe de Catastro, la escritura pública del municipio donde consta que los terrenos en el cerro Chuilajú son propiedad municipal y los mapas que se obtuvieron vamos a defender los intereses del pueblo y vamos demandar a las personas por intentar despojar a los quetzaltecos de un área verde”, manifestó Jacobs.
Norberto Estrada, técnico del Catastro, explicó que el área de La Pedrera fue donada a la Municipalidad de Quetzaltenango y mencionó que esa propiedad está incluida en la escritura del municipio que detalla qué terrenos le pertenecen a la comuna.
La escritura original del municipio de Quetzaltenango data del año 1700.
Según la jueza la comuna mantiene una serie de demandas contra vecinos del municipio quienes han buscado apropiarse de terrenos municipales.
Un Juzgado Civil tarde en promedio un año para resolver un juicio por títulos supletorios, expresó Jacobs.
Tanto Jacobs como Estrada no entraron en detalles sobre otros terrenos que están en disputa debido a que varios casos están en disputa.
Título supletorio
De acuerdo con la Ley de Titulación Supletoria, un guatemalteco que carezca de una escritura pública sobre un terreno que a su criterio es de su propiedad podrá solicitar una titulación supletoria ante un Juez de Primera Instancia del Ramo Civil.
El interesado deberá probar la posesión legítima de buena fe y a nombre propio durante un período no menor de diez años, si en ese tiempo ninguna persona reclama las tierras el demandante podrá registrarla a su nombre.
En el caso de los terrenos en La Pedrera la comuna lleva seis años sin pronunciarse al respecto ni presentar al juzgado correspondiente los documentos que prueben que esos terrenos le pertenecen.
Parque La Pedrera
En el 2005, el estudiante universitario Aníbal Fernando Nimatuj Chávez, para graduarse de arquitecto en la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), presentó su tesis planificación del parque La Pedrera de Quetzaltenango e identificó el área que la comuna declaró protegida.
Nimantuj Chávez en su estudio planteó la recuperación de espacios verdes municipales y concretó su diseño de un modelo de parque urbano en el área La Pedrera con un enfoque participativo.
El proyecto detalla que en esa área pueden edificarse canchas polideportivas, salones para bailes, zonas de caminar, parqueos, entre otros áreas de diversión.
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