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Ríos expone a los magistrados en el memorial de amparo que el anterior Concejo, al darle posesión a Juan Fernando López Fuentes, más conocido como JF, habría violado el artículo 45 literal b del Código Municipal que prohíbe ejercer las funciones de alcalde, sindico o concejal a la persona que “directa o indirectamente tenga parte en servicios públicos, contratos, concesiones o suministros con o por cuenta del municipio”.
También señala que se habría violado el artículo 53 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos que exigen a los candidatos a cargos públicos una declaración jurada en la que garanticen “que llena las calidades exigidas por la Ley”, regulado en el artículo 113 de la Constitución Política de Guatemala, que no han sido contratistas del Estado o de otra entidad que reciba fondos públicos durante los últimos cuatro años a la fecha de su inscripción como candidato, en este caso hasta el 10 de octubre del 2016, de lo contrario no podrían participar en la contienda electoral.
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Según el excandidato, el martes 27 de marzo de 2018, “aparentemente”, se rescindió el contrato de concesión y ampliación del Cementerio General de Xela, convenio que fue celebrado el 20 de marzo de 2007 entre la comuna quezalteca (presidida en ese entonces por Jorge Rolando “Mito” Barrientos Pellecer) y la constructora J.F. Bienes Raíces, propiedad del actual alcalde.
Ríos subraya a los magistrados que en las Elecciones Generales de 2015 JF obtuvo una curul en el Congreso de República (con el partido Unión del Cambio Nacional), pero el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no se la adjudicó por ser contratista del Estado.
Con el amparo, Franck Ríos busca que la Sala deje sin efecto el cargo de alcalde de Quetzaltenango que asumió Juan Fernando López Fuentes.
Otro amparo
El 25 de octubre de 2019, el Ministerio Público (MP) solicitó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) amparar al ciudadano Rubén Antonio Morales Girón, quien el 15 de abril del año pasado presentó un memorial ante el TSE en el que justificó que el candidato del partido Humanista a la alcaldía de Xela, Juan Fernando López Fuentes, tenía impedimento para asumir el cargo por ser contratista del Estado.
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La Fiscalía de Asuntos Constitucionales que lleva el caso pidió a la Corte que se admita el amparo y que la persona que presentó la acción sea notificada si su petición fue admitida o no.
En este caso, Morales Girón expone los mismos argumentos que Ríos, pero una parte de su memorial expone que, aunque existe una escritura de rescisión de contrato entre la comuna y la empresa de JF, “el señor Juan Fernando López Fuentes tiene una acción vinculante con la Municipalidad de Quetzaltenango porque el Concejo, en sesión ordinaria, no aprobó la rescisión del contrato”.
Concejo rescindió contrato a JF
El 4 de septiembre de 2019, 81 días después de que JF ganó la alcaldía de Quetzaltenango con 13 mil 551 votos, el Concejo de Xela, en una votación dividida acordó rescindir el contrato de concesión de “construcción, administración y mantenimiento de nichos en el Cementerio General” suscrito entre la comuna y J.F. Bienes Raíces bajo el argumento que “la concesión aprobada por las corporaciones municipales, períodos – de – enero 2004 a enero 2016, no cumplió con los requerimientos de ley para formalizar y nacer a la vida jurídica y que no beneficia a las partes”.
Un asesor municipal explicó que la concesión no se dio porque la corporación de Barrientos Pellecer “no trasladó el expediente al Congreso para autorizar la concesión de un bien público a una empresa privada”.
Según el portal Guatecompras el contrato fue suscrito por Q32 millones 151 mil 73.12.
La escritura pública número 163 del 13 de abril de 2007 detalla que el contrato era una concesión por un año. Sin embargo, el 21 de junio del mismo año, la comuna y la constructora acordaron una segunda ampliación por seis meses más.
En el acta de rescisión JF Bienes Raíces explicó a la comuna que hasta 2009 edificó dos mil 709 tumbas de las cuales vendió dos mil 184 a Q6 mil 200 cada una lo cual representó un ingreso para la constructora de Q13 millones 540 mil 800.
Los exconcejales que votaron en contra de beneficiar a JF con rescindir el contrato fueron Hilda Fabiola Ávila Monzón, José Gerardo Yarsebski Castillo y Jorge Roberto Soto Alcahé, justificaron que en las actas municipales 77 y 263 de 2017 dejaron explicados sus argumentos.
Mirta Cedema García Bámaca, concejal segundo y mano derecha del exalcalde Luis Grijalva, aunque aprobó el punto de acta, razonó su decisión. “Apruebo el punto bajo la responsabilidad del solicitante –JF– y de quienes realizaron este contrato y no le dieron seguimiento”.
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