Guatemala

SAT habilita que terceros realicen gestiones en el RTU Digital en nombre del contribuyente

La SAT resolvió habilitar una nueva herramienta para que terceros puedan realizar trámites en el RTU Digital en nombre del contribuyente.  

La SAT anunció la implementación de la herramienta que permite la habilitación de terceros. (Foto Prensa Libre: Freepik)

Este viernes 9 de agosto la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la implementación de la herramienta que permite la habilitación de terceros autorizados en la Agencia Virtual para realizar gestiones de Registro Tributario Unificado Digital (RTU Digital) ante el ente recaudador.

La resolución de la SAT se publicó en el diario oficial, donde se detalla dicha disposición.

Este nuevo sistema permite que los abogados y notarios, contadores públicos y auditores, o peritos contadores realicen trámites en el RTU Digital en nombre del contribuyente que lo haya autorizado.

Para ello, el sistema informático de la SAT verificará que el delegado cumpla con la característica especial de encontrarse habilitado conforme los registros de SAT como abogado y notario, contador público y auditor o perito contador.

“Consecuentemente, podrá ser designado por el contribuyente para efectuar gestiones ante la SAT en su nombre”, indicó la entidad.

“Dicha designación podrá ser aceptada o rechazada por el tercero, en caso este acepte la delegación del permiso que el contribuyente titular le asigna, deberá brindar su consentimiento expreso previo a efectuar las gestiones o actualizaciones en el Registro Tributario Unificado Digital del contribuyente”, explicó la SAT.

Permite retirar el consentimiento al tercero

La nueva disposición de la SAT también permite que el contribuyente pueda retirar su consentimiento a la habilitación concedida al tercero autorizado en cualquier momento y desde ese instante este ya no podrá realizar gestiones en su RTU Digital.

Además, la SAT podrá retirar la habilitación concedida en caso de detectar uso indebido de esta.

Asimismo, establece que no podrán hacer uso de la herramienta aquellos terceros que se encuentren inhabilitados, suspendidos de forma temporal o definitiva, o que tengan impedimento o prohibición para el ejercicio de la profesión, así como aquellos que hayan hecho un uso indebido o incurrido en abuso de la autorización otorgada por el contribuyente

El RTU Digital

La SAT detalló que el RTU Digital es la herramienta que te permite realizar solicitud de NIT, actualización de datos y cese de actividades comerciales y/o de servicios, desde cualquier dispositivo electrónico: computadora, tablet, teléfono móvil.

ESCRITO POR:

Hedy Quino

Hedy Quino

Periodista, colaboración especial para Prensa Libre.