TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR:
Montejo reiteró que en la mañana el transporte de carga no puede circular de 5 a 9 horas, y por la tarde de 16.30 a 21 horas; sin embargo, las multas son constantes por no acatar los horarios establecidos.
Agregó que las multas son de Q500 y se emiten especialmente en el kilómetro 8 de la ruta al Atlántico cerca del puente Belice, calzada Aguilar Bátres, Anillo Periférico, ruta Interamericana, bulevar Los Próceres, zona 10, y Vista Hermosa, zona 15.
Denuncias
El vocero de Emetra recalcó que algunos pilotos que no logran atravesar la ciudad en los horarios permitidos optan por estacionarse en bahías de distintas rutas como el Anillo Periférico, de esta manera no se les multa ya que están en lugares adecuados.
Automovilistas han denunciado ante las autoridades de Tránsito que en la ruta Interamericana durante la noche suelen encontrar varios tráiler mal estacionados, a la espera de que den las 21 horas para ingresar a la capital.
Autoridades de tránsito exhortan a denunciar al número 1551 si se observa transporte de carga circular por la ciudad en horarios restringidos o si están mal estacionados, ya que afecta la movilidad y pueden provocar accidentes.
Atascos
Rony Mendoza, presidente de la Gremial de Pilotos del Transporte Pesado, lamentó que se coloquen multas sin que se considere que hay situaciones como los atascos, los cuales impiden que los cabezales atraviesen la ciudad antes de la restricción para circular.
“Si entrás a la ciudad por la ruta al Pacífico a eso de las 14.30 a veces son las tres o cuatro de la tarde y vas a medio periférico; además, no tenemos un lugar digno donde estacionarnos si no se logra pasar en el horario establecido, no hay un predio y a la gente de Emetra no le importa y comienza a multar”, precisó.
Agregó: “hemos llegado a un acuerdo con la Policía Municipal de Tránsito y este consiste en que los que van en ruta después e las 16.30, pero ya van saliendo de la ciudad, que no sean multados, porque antes se multaban hasta 45 y 50 unidades diarias”.
Decreto
El acuerdo gubernativo 30-2019 del reglamento de la Ley para Fortalecimiento de la Seguridad Vial, que fue publicado el 6 de mayo último en el Diario de Centro América por el Ministerio de Comunicaciones, establece que a los vehículos de transporte de carga y pasajeros se les debe instalar un dispositivo para evitar que circulen a más de 80 kilómetros por hora.
Al respecto, la Gremial de Pilotos del Transporte Pesado señaló que no se oponen a la reducción de velocidad, pero espera que no los obliguen a adquirir un dispositivo, pues a los vehículos se les puede regular la velocidad por medio de la computadora.
El reglamento da seis meses a los transportistas para instalar los dispositivos, también se señala que el objetivo es tomar acciones para “regular la velocidad de circulación de todo tipo de transporte colectivo de pasajeros y de carga por carretera, con la finalidad de reducir considerablemente los hechos de tránsito”.
Escuintla
Recientemente varios pilotos del transporte pesado protestaron en Escuintla ante la restricción de horarios para pasar por esa ciudad, aunque ya no se implementaron las medidas. El Concejo mantiene un diálogo con los pilotos y no se ha firmado ningún acta que deje en firme un acuerdo.
Contenido relacionado:
Línea 7 del Transmetro funcionará a partir del 1 de septiembre