Antejuicio

Antejuicio contra Consuelo Porras le corresponde al Congreso y estos son los pasos para llegar ahí

La PGN y la Secretaría General de la Presidencia interpusieron una querella contra Consuelo Porras, jefe del MP, por no atender una convocatoria que le hizo el presidente Bernardo Arévalo al Gabinete de Gobierno.

El jefe de la PGN, Julio Roberto Saavedra, indicó que en el tipo de reunión que la fiscal decidió no asistir, ella no tiene voto, pero es una obligación que incumplió al salirse de la reunión el 29 de enero pasado. (Foto Prensa Libre: MP)

El jefe de la PGN, Julio Roberto Saavedra, indicó que en el tipo de reunión que la fiscal decidió no asistir, ella no tiene voto, pero es una obligación que incumplió al salirse de la reunión el 29 de enero pasado. (Foto Prensa Libre: MP)

Este jueves 29 de febrero, el jefe de la Procuraduría General de la Nación (PGN) Julio Roberto Saavedra, acompañado de Juan Gerardo Guerrero, secretario general de la Presidencia, presentaron una querella penal y solicitud de retiro del derecho de antejuicio contra María Consuelo Porras, fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP).

El abogado constitucionalista, Gabriel Orellana, explicó que el artículo 165 de la Constitución Política de la República de Guatemala estipula que le corresponde al Congreso de la República “declarar sí ha lugar o no”, antejuicios de funcionarios públicos, entre ellos el titular del MP.

Para dar trámite al antejuicio contra Porras se necesita el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Organismo Legislativo.

En este contexto, estos son los pasos que ya se dieron y los que siguen en la solicitud de retiro de inmunidad de la jefe del MP, proceso que se generó ante la negativa de la funcionaria de atender la convocatoria que le hizo el presidente de la República Bernardo Arévalo, para participar en la junta de gabinete del pasado 29 de enero:

  • La acción fue presentada en Gestión Penal de la Torre de Tribunales
  • La Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene tres días para enviar el expediente al Congreso de la República
  • Ya en el Congreso, la Junta Directiva deberá hacer saber al Pleno que, en la próxima sesión ordinaria, que se celebrará en no más de ocho días después de su recepción, iniciará el trámite del asunto.
  • En esta sesión el Pleno del Congreso integrará una Comisión Pesquisidora, conformada por cinco miembros por sorteo que se realizará entre todos los diputados, salvo el presidente del Congreso. El primer diputado sorteado presidirá la Comisión y el segundo actuará como secretario, los restantes como vocales.
  • Las decisiones de la Pesquisidora se adoptarán por mayoría de votos y ningún diputado puede excusarse o dejar de participar.
  • La Comisión examinará el expediente y demás documentos, escuchará a los promotores del antejuicio, así como a la fiscal general
  • Al finalizar su investigación y consideraciones, la Comisión emitirá un informe circunstanciado, del que dará cuenta al Pleno en sesión ordinaria. Este debe contener la información que haya recabado e incluirá los documentos que considere pertinentes.
  • Agotada en el Pleno la discusión del informe se procederá a votar, para declarar con o sin lugar el antejuicio es necesario el voto de las dos terceras partes del total de diputados integrantes del Legislativo.
  • Si se declara con lugar el antejuicio, deberá retornarse el expediente a la Corte Suprema de Justicia en donde se nombrará un juez pesquisidor entre los magistrados, para continuar su curso
  • Si el antejuicio es declarado sin lugar causará estado y no integrará cosa juzgada

Orellana aclaró que la investigación de la Comisión no tiende a determinar ni la culpabilidad ni la inocencia del funcionario investigado, en este caso la fiscal general y jefe del Ministerio Público, Consuelo Porras.

Al contrario, el propósito de la Comisión Pesquisidora consiste en establecer la existencia y veracidad de hechos que puedan o no integrar una actividad que por su naturaleza deben ser conocidos por un juez del ramo penal.

En cuanto a los tiempos, el abogado indicó que si el Congreso retorna el expediente a la CSJ, el juez pesquisidor debe emitir su dictamen o informe dentro del plazo no mayor de 60 días, sin embargo trajo a colación algunos casos recientes en donde los plazos no se han respetado, por lo que no hay certeza que los tiempos se acaten.

ESCRITO POR:

Déborah López

Periodista de Prensa Libre especializada en noticias económicas con 10 años de experiencia. Reconocida con el premio del Instituto Nacional de Bosques (Inab) al mejor reportaje escrito por la Gira del Pinabete en 2014.