Después que una persona fue capturada o citada por un juez para solventar su situación legal en alguna investigación que se efectúe en su contra, el juzgador debe decidir si continuará su proceso estando en prisión o gozando de alguna medida sustitutiva.
Carlos Giovanni Ruano, presidente de la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad, explicó que el Código Procesal Penal establece que después que la persona sindicada de algún delito haya sido ligada a proceso, el juzgador debe resolver cuál será su situación jurídica, si se queda en libertad o privado de la misma.
“Entra en análisis el delito por el cual la persona ha sido ligada a proceso no tiene una prohibición taxativa en el Código Procesal Penal, porque hay algunos delitos por los cuales el legislador ha previsto que no gozan de medidas sustitutivas por lo que si quedo ligada a proceso por esos delitos debe quedar en prisión preventiva”, indicó Ruano.
Agregó que esta política criminal aplica en delitos que son de extrema gravedad como secuestro, asesinato, parricidio, entre otros; sin embargo, dijo que en otros casos se debe efectuar un análisis para establecer si existen factores como fuga, desobediencia y asistirá a las audiencias, que tiene trabajo estable, recomendaciones personales, si tiene arraigo, por lo que se le confiere la libertad condicional.
El otro análisis que también realizan es saber si el sindicado no obstruirá la investigación mientras goce de alguna medida, por ejemplo, que pueda acercarse a un testigo e influir en su testimonio o a los peritos y que tengan la capacidad de destruir pruebas. “El Ministerio Público puede con sus argumentos y demostrar la posición de esa persona, se le puede dejar en prisión preventiva en garantía de que se averiguará la verdad”, explicó el juez.
Acusaciones
¿Se abusa del uso de la prisión preventiva? Ruano reiteró que la ciudadanía podría formarse un criterio para saber si se abusa o no al conocer los delitos por los que se le está acusando a una persona y determinar si se trata de extrema gravedad o menos grave, y si existen factores de fuga o de obstruir la investigación.
“El caso en particular determinará que persona permanezca o quede privada de libertad. El hacinamiento en las cárceles no es un fundamento para que el juez conceda medidas sustitutivas, porque mantener las prisiones en buenas condiciones y con suficientes espacios es competencia del Ministerio de Gobernación”, reiteró el juez.
Mientras que Bélgica Deras, presidenta de la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial (AJMOJ), explicó que, cada juez analiza los casos que está conociendo y toma las decisiones conforme a derecho corresponde.
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Agregó que desde su punto de vista como jueza al resolver si alguien debe ser enviado a prisión o no, efectúa sus análisis con base a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos que existen y las normativas vigentes en el país, porque reconoce que la cárcel debe ser la última medida que se utilice contra alguna persona.
Hacinamiento
Los problemas dentro de las cárceles tienen como origen el hacinamiento, ya que, según análisis presentados sobre la situación carcelaria en el país reflejan que sobrepasan el 350 de sobrepoblación. Hasta el pasado 13 de septiembre, la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) reportó 12 mil 77 personas en prisión preventiva y 12 mil 865 sentenciado y en total había 24 mil 942 personas privadas de libertad.
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Sin embargo, el volumen de la población privada de libertad ha ido en aumento en todo el mundo, por lo que genera carga financiera para los gobiernos y afecta la cohesión social de las sociedad, según el manual de estrategias para reducir el hacinamiento en las cárceles desarrollado por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) con la cooperación del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).
El documento señala que el uso excesivo de la detención preventiva puede ser muy costoso para el Estado, porque incluyen instalaciones carcelarias, la alimentación de los privados de libertad, los costos de investigación y el proceso judicial. Por lo consideran que se debe alentar a los tribunales a aplicar medidas sustitutivas al encarcelamiento, en vez de sentencias cortas de prisión y promover el uso de sanciones no privativas.