Explicó que la inhabilitación obedece al incumplimiento de las resoluciones emitidas por la SAT en concordancia con el artículo 29 “A” del decreto No. 27-92 Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el artículo 15 del acuerdo gubernativo 222-2019 Reformas al Reglamento de la Ley del IVA, donde se faculta a la administración tributaria a incorporar a los contribuyentes al régimen Factura Electrónica en Línea (FEL).
También fija el plazo de vigencia para el uso de sus otras autorizaciones de documentos
Agregó que los contribuyentes fueron notificados de su obligatoriedad de migrar al régimen; sin embargo, tras alcanzar la fecha límite para su incorporación al Régimen FEL e incumplir con esta disposición, los establecimientos dejaron de contar con facturas y otros documentos tributarios válidos para emisión.
Los establecimientos de los contribuyentes están por todo el país y se dividen de la siguiente manera: 216 contribuyentes de la región central con 432 establecimientos, 119 contribuyentes de la región nororiente con 261 establecimientos, 75 contribuyentes de la región occidente con 148 establecimientos y 125 contribuyentes de la región sur con 219 establecimientos registrados.
Afirmó la SAT que da seguimiento cercano a estos establecimientos y procederá con las acciones que la ley permite.
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La SAT también dio a conocer los casos de evasión detectados vía Factura Electrónica en Línea. La institución señaló que los servicios prestados a las municipalidades, el monto mensual de las facturas electrónicas no coincide con los ingresos reportados por los contribuyente en las declaraciones mensuales ya que son presentadas con valor cero, y que las facturas son anuladas en su totalidad dentro del mismo mes o posterior al envío de avisos.