De León Lara, jueza Segunda de Primera Instancia Penal, es señalada de haber otorgado un amparo provisional en el que habría incurrido en “resoluciones violatorias a la Constitución”, pues habría beneficiado a personas particulares que presentaron una acción de amparo contra el jefe y encargado del Departamento de Análisis de Riesgo de la División de Protección de Personas y Seguridad de la Policía Nacional Civil, quienes también solicitaron que se les otorgaran armas, chalecos y carné, así como protección a cargo de otra división policial.
En tanto, el diputado Dávila es señalado por la Fiscalía de Delitos Administrativos de haber agredido física y verbalmente a un agente de la Policía Nacional Civil durante una manifestación el 4 de septiembre del 2020.“La conducta del funcionario denunciado podría encuadrarse en la comisión del delito de abuso de autoridad, porque valiéndose de su cargo como Diputado y abusando de su cargo, realizó actos arbitrarios en contra de un empleado público, haciendo uso abusivo de las atribuciones públicas que posee, al empujar y proferir palabras de discriminación en contra de un agente de la Policía Nacional Civil”, señala la Fiscalía en un comunicado.
La solicitud de retiro de derecho de antejuicio en contra del diputado Dávila llega dos días después de que se viera involucrado en un incidente armado, el cual fue calificado como un intento de asalto por parte de la PNC; sin embargo, el parlamentario asegura que fue un atentado directo en su contra.
“El Ministerio Público como institución angular del sistema de justicia y mediante su labor independiente, imparcial y objetiva, presenta las solicitudes de retiro de inmunidad para que posteriormente la autoridad competente, de conformidad con lo que establece la Ley en Materia de Antejuicio determine si ha lugar o no a la formación de causa, en cuanto a la posible comisión de un acto o hecho constitutivo de delito por parte de un dignatario o funcionario público, con el fin de así poder iniciar las investigaciones respectivas”, refiere el MP.