TERMÓMETRO FISCAL
Planes de fiscalización de la SAT
El recién pasado 17 de marzo se llevó a cabo una conferencia de prensa por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en la que se informó, por parte del superintendente e intendente de Fiscalización, el plan de fiscalización masiva en ocasión de la época de vacaciones de la semana santa, cuyo programa abarcará alrededor de 15 mil contribuyentes entre restaurantes, discotecas, bares, centros turísticos o recreativos y tiendas de consumo.
' La fiscalización detectará contribuyentes que solo facturan cuando hay presencia de la SAT.
Óscar Chile Monroy
El objetivo es fiscalizar a los que incrementan sus operaciones en una época determinada, verificar el monto facturado para realizar comparaciones posteriores con la declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA) y así detectar a contribuyentes que serán candidatos para solicitar información bancaria a través de juez competente. El alcance de la auditoría será la comprobación de la emisión y entrega de facturas. Al detectarse incumplimiento tributario, se inician los procesos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones tributarias con multas o cierre temporal. A este respecto es importante indicar que, conforme al artículo 85 del Código Tributario (CT), para no cometer infracción los documentos tributarios deben emitirse y a la vez entregarse al adquiriente.
Los auditores fiscales de la SAT, verificarán que el contribuyente esté inscrito, que emitan y entreguen facturas, así como la vigencia de las mismas. Verificarán los documentos que amparan las adquisiciones de mercadería para la venta, revisión de la autorización de máquinas registradoras y/o equipo de cómputo para la emisión de facturas. Se contempla también la verificación de emisión de facturas físicas o facturas electrónicas en línea (FEL), se efectuará corte de formas en el que los auditores dejarán evidencia de las revisiones, redacción de actas administrativas al detectar incumplimiento tributario y posterior comparación de las ventas facturadas contra la declaración del IVA. La SAT estará solicitando información bancaria mediante juez competente en los casos de duda razonable. El superintendente también informó que las auditorías tienen el objetivo de detectar contribuyentes que solo facturan cuando hay presencia de la SAT, y para los que estén en esa situación se estará solicitando la información bancaria de sus negocios para comparar los ingresos obtenidos. Se indicó que se han presentado varias solicitudes de información bancaria hechas a través de los juzgados, de contribuyentes que muestran un comportamiento que no corresponde al sector económico al que pertenecen, en el tema de la facturación.
Se destacó el plan de fiscalización de pequeños contribuyentes del IVA, habiéndose detectado que más de mil contribuyentes de este régimen, en lo que va del presente año, ya han superado los Q150 mil, que es el monto máximo que les permite la ley. Debido a esa situación, el superintendente invitó a los pequeños contribuyentes a que cuando sobrepasen ese monto máximo que permite la ley se pasen de inmediato al régimen general del IVA. De no hacerlo, la SAT los inscribirá de oficio. No se informó en qué momento cobrará vigencia la inscripción de oficio y entendemos que conforme al artículo 50 de la ley, será hasta el otro año, ya que esta norma legal establece que se puede permanecer en dicho régimen siempre que los ingresos no superen la suma Q150 mil durante el año calendario anterior. Indica la ley que al superar esa suma el pequeño contribuyente deberá solicitar su inscripción al régimen general; de lo contrario la SAT lo podrá inscribir de oficio, avisándole de las nuevas obligaciones por los medios que estime convenientes y el período mensual a partir del cual inicia en el nuevo régimen.
La conferencia completa está disponible en la página de la SAT en Facebook. Es importante enterarse de todo su contenido y así tomar las medidas correspondientes.