Con base al Estudio de Impacto Ambiental, EIA-0139-2015, que aprobó el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), este mismo ministerio autorizó la licencia ambiental 06904-2016 para el proyecto hidroeléctrico Central Rocja Pontila, con capacidad para 40 megavatios.
Tanto el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap) y el Instituto Nacional de Bosques (INAB), emitieron dictamen desfavorable entre el 2015 y el 2016. Sus opiniones iban dirigidas al daño que el uso del caudal del río Icbolay podría causar a la Laguna Lachuá, ya que afectaría el afluente hacia este lugar y a su área de influencia. En el caso del instituto agregó riesgos al ecosistema del área que posee fauna y flora.
En junio del 2017 fue suspendida provisionalmente por la Corte de Constitucionalidad (CC) y en forma definitiva en noviembre de ese mismo año, luego de un amparo presentado por representantes de varias comunidades.
Meses después la empresa Proyecto de Desarrollo Integral Pontila, S. A. reactivó su solicitud en el MARN el cual se otorgó dos nuevas licencias, una identificada como 07518-2018, sobre la cual el MEM empezó a consultar su situación jurídica para emitir la autorización de bienes de uso de dominio público.
En medio de ese proceso se presentaron diversos documentos, incluso algunos que, siendo de las mismas instituciones se contradicen en lo dictaminado. Finalmente, el MARN emitió licencia ambiental como 08136-2019 con vigencia del 18 de diciembre del 2019 al 17 de diciembre del 2021.
Para el proceso reiniciado en el 2018 el MEM consultó de nuevo al Conap y al Inab, a la PGN y a la empresa interesada.
Dos opiniones diferentes de Conap
El Conap le respondió mediante el informe técnico legal conjunto del 28 de octubre del 2019, en el cual ratifican su postura emitida en el 2016 respecto de opinión no procedente. Sin embargo, refieren que es el MARN el ente rector respecto a instrumentos ambientales por lo que si se emite una nueva licencia dentro del proyecto “es competencia y responsabilidad estricta del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales”. Este oficio fue firmado por Horacio Ramírez, director de Gestión Ambiental del Conap, por Juan Francisco García de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Conap, y con el visto bueno de Óscar Alexander Gaitén, director de dicha unidad.
Mientras que el INAB envió su respuesta mediante el Informe Técnico-CEFE-01/2019, firmado por Silvia Anaité López Alquijay, jefe de conservación de ecosistemas forestales estratégicos y con el visto bueno de José Gilberto Cifuentes, director de Manejo y Conservación de Bosques. Con este ratifican la opinión emitida el 7 de enero del 2016 “debido a que se mantienen las mismas condiciones”. El documento de esa fecha detalla 8 debilidades del EIA para el proyecto lo establece como no procedente. Y, también refieren que si se emite una nueva licencia es bajo responsabilidad del MARN.
La empresa Proyecto de Desarrollo Integral Pontila, S. A. envió un oficio al MEM argumentando que cumplieron con todos los requisitos. Entre estos menciona que, aunque el Conap y el INAB emitieron opinión estas no deben verse vinculada a la decisión final del ente rector en instrumentos ambientales (en este caso el MARN).
Sin embargo, para fortalecer su postura, la firma recurrió a otras direcciones u oficinas de las dos entidades en mención, y logró posturas a favor del proyecto. La empresa solicitó a la Dirección de Análisis Geoespacial del Conap la ubicación del proyecto y el dictamen otorgado el 25 de octubre del 2019 es que está fuera.
Mientras que a la Dirección Regional Verapaces (DRVE) de ese Consejo le respondió el 28 de octubrea la empresa que según una inspección de campo el proyecto se encuentra fuera del área protegida de la laguna además que por los lugares donde se ubican el río y el proyecto, no puede haber flujo de ese río hacia la Laguna, agrega que tampoco se encuentra dentro del área reconocida como sitio Ramsar (reconocimiento internacional de humedales).
El documento fue firmado por el director regional Pablo César Valdéz Aguilar.
Sin embargo, en el documento 121-2015 emitido por la misma DRVE en el 2015, si bien mencionaba que el proyecto no estaba en un área protegida se estableció que sí se contravenía el Plan Maestro del Parque Nacional de la Laguna Lachuá, debido al área en que se propone colocar la toma de agua del cauce del río Icbolay es un lugar donde el río conecta en un espacio de sumideros y luego surge en el lugar denominada El Renacimiento.
La oficina de Comunicación de la oficina central del Conap emitió un comunicado el 30 de enero del 2020 recordando que en el 2016, mediante dos resoluciones se emitió dictamen no procedente para el proyecto y el cual sigue en vigencia. Agregó que no fue consultado sobre un nuevo instrumento ambiental. La opinión anterior se basa en el Estudio de Impacto Ambiental presentado por al Empresa y aprobada por el MEM en el 2015.
Las posturas del INAB
Respecto al INAB, la compañía buscó la opinión de la Dirección Regional II (Las Verapaces e Ixcan). Esta oficina le respondió a la empresa que la proyecto no presenta cobertura forestal por lo que no es necesario un plan de aprovechamiento para cambio de uso de suelo, además le recomienda con qué plantas efectuar la reforestación que el proyecto propone. Agrega que la restauración que se pretende efectuar contribuirá al desarrollo y mejora de la diversidad de la región, por lo que es factible su ejecución”.
El documento fue emitido en Cobán Alta Verapaz el 30 de octubre del 2019 y fue firmado por Ulicer Cleotilde López Armas, coordinador técnico; y con el visto bueno del director regional, Carlos Ernesto Archila Cardona.
Presentan oposición en el MEM
Sin embargo, Leocadio Juracán, representante de varias comunidades que en el 2017 accionaron contra la primera licencia, presentó, junto a otros comunitarios una oposición ante el MEM por la nueva licencia cuestionando las incongruencias en los dictamenes y cuestionan que la empresa recurra a oficinas regionales para lograr respuestas favorables a los proyectos.
PGN: no dio visto bueno, hay posturas incongruentes
Luego de ser consultada por el MEM, la Procuraduría General de la Nación emitió el 2 de diciembre del 2019 su dictamen y no le dio el visto bueno a los dictámenes del MEM para aprobar la hidroeléctrica.
Citó en su análisis los argumentos por las diferentes partes del proceso, incluyendo el dictamen conjunto favorable (877-IX-2019), en el que el Departamento de Desarrollo Energético de la Dirección General de Energía, así como la Unidad de Gestión Socioambiental y la Unidad de Asesoría Jurídica del MEM, indican que es procedente la autorización del proyecto.
Sin embargo, la PGN hace ver que incongruencia en las posturas emitidas en los diferentes documentos emitidos por el Conap y el INAB.
En el requerimiento que hizo el MEM a esas dos entidades debieron abordar todos los elementos necesarios con el objeto de no generar incertidumbre, independientemente que las dependencias sean en la ciudad de Guatemala o se trate de direcciones regionales”, agrega el documento firmado por Carlos Eduardo Anleu Jiménez, abogado y consultor legal de la PGN. El dictamen del del abogado de la Procuraduría tiene el visto bueno de Luis Joel Recancoj Mejía, director de consultoría y el Procurador Luis Donado Vivar.
Agrega que si bien se permite autorizar una nueva licencia siempre que las circunstancias varíen, pero considera que no se efectuaron modificaciones, y lo actuado carece de certeza debido a que se presume que los escenarios de fondo que motivaron dejar en suspenso la primera licencia no se corrigieron para la segunda.
Cita que tanto el INAB como el Conap respondieron al MEM que las condiciones se mantienen, menciona que la empresa que solicita la aprobación del proyecto, incorporó otras ponencias de ambas instituciones incluyó otros documentos la cuales según refiere la PGN no son contradictorias con las anteriores, “sí denotan cierto tipo de incongruencia al existir pronunciamientos disímiles de las mismas dependencias” de esas dos entidades.
Decisiones de diferentes entes
La autorización definitiva para usar los bienes de dominio público para instalar la generadora en la Aldea Rocja Pontila que se ubica en el municipio de Cobán, Alta Verapaz, fue aprobada el 13 de enero del 2020 mediante el Acuerdo 019-2020 del MEM, un día antes del cambio de gobierno, y fue firmado por el entonces ministro Luis Chang.
Las actuales autoridades del MEM analizan el expediente ya que el acuerdo, publicado el 27 de enero del 2020, establece que dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha de publicación de dicho documento deben firmar el contrato.
En el documento de la PGN se menciona que el viceministro de ambiente del MARN argumentó que en la sentencia donde se suspendió definitivamente la primera licencia emitida en el 2016, no se prohíbe la extensión de una nueva licencia, ni agregan requisitos para otorgarla.
La empresa añade que se subsanó las razones por las que se suspendió la licencia anterior, porque se efectuó por el MEM la consulta a los pueblos indígenas según el convenio 169 de la OIT.
Tanto las nuevas autoridades del MEM como el MARN indicaron que se pronunciarán luego de haber analizado el expediente en su poder, postura similar asumió el Conap.
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