Economía

Empresas tendrán hasta el 2020 para cumplir con estudios y licencias ambientales

El Gobierno prorrogó por casi año y medio, hasta el 3 de enero del 2020, el plazo para regularizar proyectos, obras, industrias o actividades que no cuenten con el estudio de evaluación de impacto ambiental (EIA) y las licencias ambientales para las que ya operan.

Las empresas y negocios que ya operen, que no cuenten con esas herramientas ambientales, y se presenten de forma voluntaria se les rebajará la multa que podrías ser de hasta Q100 mil y solo se les impondrá una multa de Q5 mil, sin importar la categoría a la que pertenezcan, según se establece en los reglamentos del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN).


Además para optar por esa regularización con la rebaja de multa mencionada, las empresas o proyectos no deben tener denuncias o un proceso en su contra.

Nuevo cambio

En el 2016 el actual Gobierno dio dos años para que se efectuara la regularización, el plazo vencía mañana el 11 de julio, y a partir del 12 se empezaría a pagar la multa de Q100 mil según las disposiciones del acuerdo 137-2016 que establece el reglamento de evaluación, control y seguimiento ambiental.

La modificación actual, que entra en vigencia este martes, se establece en el acuerdo 121-2018 emtido por el MARN y firmado por el presidente Jimmy Morales.

El proceso de regularización se establece en el artículo 119 de ese reglamento, las empresas deben acudir al MARN para regularizarse su situación de licencias y herramientas ambientales como el IEA.

El Ministerio indicó que el período de regularización se extendió hasta el 2020 y que toda persona individual o jurídica que cumpla con las obligaciones establecidas y presente las herramientas que le correspondan obtendrá la reducción de la multa en mención.

Buscan que empresas cumplan

En el comunicado de ese ente, firmado por el ministro Alfonso Alonzo, se refirió que la finalidad de la prórroga es “incentivar el cumplimiento de la normativa ambiental además de contar con la información sectorial que permitan generar indicadores adecuados en materia de ambiente y recursos naturales”.

Aparte del plazo en mención, fueron modificados nueve artículos más, que entran en vigencia a partir de este martes.

El MARN explicó en su boletín que pedirán a la Comisión de Ambiente del Congreso que se analice la ley de protección y mejoramiento del medio ambiente para reformar el artículo 8, ya que según ese ente “vulnera a distintos grupos en virtud de que la  normativa viene desde 1986 y debe ser actualizada”.

El listado taxativo establece las diferentes categorías de actividades según el impacto ambiental, localización, tamaño de la empresa según el número de empleados, tecnificación y otros.

Sin embargo, dentro del sector empresarial se ha cuestionado que aparte de estar desactualizado, no se clasifica adecuadamente a las empresas según su tamaño e impacto ambiental.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.