ECONOMÍA PARA TODOS
Primeras compañías de seguros en Guatemala
Con motivo del Bicentenario de la Independencia 1821-2021, se hace un recorrido de los seguros en Guatemala.
La única investigación de largo alcance y actualizada del origen de los seguros en Guatemala está hecha por el historiador Hernán del Valle, titulada El Seguro, en versión inédita hasta ahora. Un extracto se da a conocer seguidamente.
Los seguros que podían encontrarse en el mercado local eran contra incendio, de transporte y productos agrícolas, así como los denominados contratos de “préstamos a la gruesa o a riesgo marítimo”, que durante muchos años habían inundado los mercados europeo y estadounidense.
El 16 de junio de 1893 se estableció en el país la primera empresa extranjera de seguros, la “Union Assurance Society”, de Londres, que ofrecía seguros contra incendio y otros riesgos. Las agencias o sucursales de compañías aseguradoras extranjeras que se instituyeron a partir de entonces fueron de origen inglés, alemán, canadiense, holandés y estadounidense.
Diez años más tarde —1903— se promulgó el decreto gubernativo 630, mediante el cual se reconocía la obligación del Estado de promover el desarrollo ordenado de la economía nacional y prohibir la fundación de sociedades de seguros sin autorización gubernamental; además, ese decreto obligaba a las compañías de seguros de vida y contra incendios a invertir en Guatemala, como mínimo, el cincuenta por ciento de las primas percibidas…
En 1910 aún no existían seguros para vejez, enfermedad o incapacidad laboral. Gran parte del comercio se encontraba en manos de agentes alemanes exportadores de café e importadores de mercaderías que tenían almacenes generales y agencias de seguros. En 1921, el Partido Demócrata propuso un programa que, entre otras reivindicaciones para los obreros, contemplaba un seguro de enfermedad e invalidez, pero no consiguieron su aprobación. En 1920, en el país operaban las siguientes compañías (se indica nombre, país de origen y fecha de autorización):
Commercial Assurance Co. Ltd. Inglaterra. 14-02-1895. Guardian Assurance Co. Ltd. Inglaterra. 19-05-1902. North British & Mercantile Ins. Co. Ltd. Inglaterra. 03-06-1912. Aliance Assurance Co. Ltd. Inglaterra. 18-11-1913. The Home Insurance Co. Ltd. EUA. 13-03-1920. Sun Life Assurance Company of Canada. Canadá. Agosto, 1920. The Motor Union Insurance Co. Ltd. Inglaterra. 13-03-1920. La Helvetia Suiza de Seguros contra Incendio. Suiza. 10-07-1920.
Según decreto gubernativo 828, Ley de Instituciones de Crédito, del 16 de julio de 1923, las compañías de seguros quedaron comprendidas en las mismas regulaciones dictadas para los bancos, y se ordenó que las sociedades extranjeras que operaban seguros de vida e incendio debían comprobar a noventa días plazo el cumplimiento de la inversión obligatoria del cincuenta por ciento del monto de sus primas. La licencia para operar en Guatemala era de veinte años renovables. El 28 de septiembre del recién citado año 1923, se emitió el decreto gubernativo 842, que establecía:
“Las sociedades extranjeras de seguros, con excepción de las de incendio, deberán cumplir con la obligación impuesta por el decreto gubernativo 630, invirtiendo en el país el cincuenta por ciento del importe de las primas que recauden desde el 1 de Octubre de 1923 en adelante. Para las compañías de seguros contra incendio, se prorroga el plazo para el cumplimiento de tal obligación, hasta en tanto existan en el país valores adecuados a ese género de inversiones a juicio de la Junta de Vigilancia, o que se establezca una compañía nacional de seguros contra incendio. La Secretaría de Hacienda reglamentará la forma de comprobación de la inversión”.
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