Guatemala

CC confirma fallo provisional que cesa en mayo el período de Paz

La Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó este viernes el amparo provisional al abogado Ricardo Sagastume, donde señala que el período de la fiscal General, Claudia Paz, termina en mayo.

El abogado Ricardo Sagastume presenta memoriales donde manifiesta que algunos diputados han desobedecido a la CC. (Foto Prensa Libre: Byron Vásquez)

El abogado Ricardo Sagastume presenta memoriales donde manifiesta que algunos diputados han desobedecido a la CC. (Foto Prensa Libre: Byron Vásquez)

CIUDAD DE GUATEMALA – En la misma resolución, que el tribunal notifica esta tarde a las partes, también denegó el pedido de revocatoria de amparo que interpuso Paz y Paz.

Sagastume se presentó a la CC para entregar dos memoriales sobre el mismos caso. En el primero pide al máximo tribunal que emita una sentencia sobre el tema para tener certeza jurídica y así los diputados puedan conformar la comisión que deberá elegir al sucesor de Paz y Paz.

En el segundo señala que varios diputados han desobedecido la orden del máximo tribunal, y agregó que la ley establece un procedimiento cuando “la autoridad reunida no cumple con lo establecido por la Corte de Constitucionalidad”.

Paz y Paz presenta acción legal

Ayer, la jefa del Ministerio Público accionó en el máximo tribunal  con lo cual pretendía evitar que le recorte el período constitucional de cuatro años para el cual fue elegida en diciembre del 2010.

Según el recurso presentado por el abogado, la fiscal General debe dejar el cargo en mayo próximo, y no en diciembre como ella argumentó en su acción legal presentada ayer jueves.

La fiscal dijo en declaraciones a una agencia noticiosa: “Soy una mujer de Derecho, y como tal voy a acudir a todas las instancias legales para evitar que se consuma la violación constitucional que a su criterio representa la reducción de su mandato.

Sus argumentos

En el recurso presentado, Paz y Paz alegó que la Constitución guatemalteca no establece fechas para el inicio del período del profesional que ocupe la Fiscalía General, pero sí indica que el mismo debe ser de cuatro años.

Además, con base en argumentos doctrinarios, señala que el amparo provisional por medio del cual se pretende reducir su mandato no tiene sustento jurídico constitucional, debido a que el artículo de la Carta Magna en el que se asienta el mismo, es de carácter transitorio y que ya perdió validez.

El artículo transitorio constitucional en que se basa la CC para indicar que el período del Fiscal General inicia el mayo, se refería al nombramiento del primer Fiscal General en 1994, pero no obliga a que sea de forma permanente.

También argumenta que en otras resoluciones emitidas en el pasado por el máximo tribunal, se estableció que los artículos transitorios tienen validez durante períodos perentorios claros y precisos.

Paz y Paz señaló que el acuerdo por medio del cual el presidente Álvaro Colom la designó en el cargo en diciembre de 2010 fue por un período de cuatro años, y que el mismo no fue en sustitución del Fiscal anterior, sino por un período constitucional completo.

Por su parte, Sagastume argumentó en su acción que el Acuerdo Legislativo 18-93, que establece que 60 días después de que el Tribunal Supremo Electoral anuncie el resultado de la consulta popular para aprobación de las reformas constitucionales, estas entran en vigencia, y este fue dado a conocer el 16 de febrero de 1994.

Tomando en cuenta esos argumentos, el tiempo estipulado sería el 16 de abril del mismo año, y en las reformas constitucionales se estableció que a partir de esa fecha el presidente tiene 30 días para nombrar al nuevo fiscal general y que este asuma el cargo. El plazo vencería el 16 de mayo.

En su resolución el máximo tribunal señala: “A juicio de esta Corte, las circunstancias hacen aconsejable otorgar el amparo provisional solicitado (Sagastume); como consecuencia, y para los efectos positivos de la protección constitucional que ahora se otorga, el Congreso deberá de inmediato, desde el momento de ser notificado, celebrar sesión, en forma continua y sin interrupción, a efecto de emitir la convocatoria para la conformación de la Comisión de Postulación”.

Tras esa resolución, hubo posturas contrarias que demandan que Paz y Paz termine su período en cuatro años. Al respecto se han pronunciado la Embajada de EE. UU., la Cicig y organismos internacionales y sectores sociales.

Con información de Byron Vásquez

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