Se reactivarán procesos
Analistas consultados afirmaron que se podrían reactivar los procesos que ya se venían trabajando y se podrán investigar casos de ejercicios fiscales de años anteriores, derivado de la brecha fiscal que mantiene el administrado tributario por Q1 mil 457 millones a julio último.
Lea además: Mina de níquel acudirá a Corte Interamericana por cierre de operación en Guatemala
Es decir, que, por tratarse de una revocatoria, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) puede reactivar y acceder a la información de los tributantes cuando cobre vigencia la sentencia y se publique en el Diario de Centro América.
Manuel Mejicanos, intendente jurídico de la SAT, afirmó que se encuentran “complacidos” por el fallo de la CC y la acción de inconstitucionalidad general parcial del artículo 30 “C” del Código Tributario, que en pocas palabras permitirá retomar los casos de investigación fiscal por parte de la unidad encargada.
En ese sentido, explicó que la resolución indica que de 12 numerales del artículo 30 “ter” de reglamento de la SAT, se suspenden tres y dejan en vigencia nueve, entre ellos, el actuar de la gerencia de investigación fiscal, que, según Mejicanos, seguirá funcionando.
“Los artículos vigentes continuarán operando con la gerencia de investigación fiscal”, aseveró el intendente.
Explicó que la gerencia continuará operando bajo el control de la SAT, y las instrucciones del superintendente para coadyuvar con las intendencias para generar alguna información.
Duda razonable
El superintendente Abel Cruz Calderón, afirmó que entrarán a analizar aquellos casos donde existe la duda razonable en los contribuyentes y “se va a ir a juez competente” para poder tener la información de las cuentas bancarias.
Precisó que la herramienta permite recuperar los espacios de fiscalización y que van a actuar conforme a derecho y a lo que estable la CC.
“El plan a trabajar se desarrollará una vez sea publicada la sentencia y que cobre plena vigencia”, advirtió el funcionario.
Agregó que se van a seguir los procedimientos y a lo interno se cambiarán las normativas y ajustarlas
Aplicación
Para el consultor fiscal Óscar Chile Monroy, la SAT no solo podrá adquirir información bancaria, si no del tipo de operaciones que tengan los contribuyentes como préstamos bancarios, cajillas de seguridad o hasta que una persona sea fiadora para un crédito, ya que la ley es amplia para brindarle las facultades a la SAT.
Aunque en este caso aclaró que lo que más resalta son las cuentas bancarias.
Para Juan Carlos Paredes, analista fiscal, ahora se corrige la plana, se determina que no existe violación a la Constitución y la SAT podría empezar una ofensiva para recuperar parte de la cobranza que no ha podido captar.
“La SAT podría reactivar una mejor obligación para los contribuyentes y tener más tributos con este instrumento”, aseveró.
Al respecto, Chile Monroy recomienda que los contribuyentes deben estar preparados para demostrar sus transacciones, si en algún momento son sujetos a investigación.
Connie Beneitez de Paiz, presidente de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport), refirió que esperan que la medida se aplique de acuerdo con los criterios establecidos por parte de la SAT.
Víctor Manuel Martínez, ministro de Finanzas, resaltó que se mantendrá mucha prudencia para la solicitud de información bancaria, hasta cuando se tengan los resultados de auditoria y se gestionarán para tener información complementaria.
Explicó que esto se combina con otros instrumentos que tenga la SAT, como la Factura Electrónica (FEL) que tendrá un desarrollo integral.
Cruces de información
Mejicanos subrayó que los casos que se retomarán dependerán de las decisiones que adopte el superintendente o de las diferentes intendencias, para que sea por medio de la gerencia que se solicite ante el juez el acceso a la información.
“La información no la procesa la gerencia si no que la remite a las intendencias que la requieren”, afirmó.
De momento, se desconoce el número de expedientes que podrían solicitarse.
La mayoría de la información que se requerirá a los jueces será para aquellos procesos que están en fiscalización y a veces se solicitan ciertos cruces que requieren los auditores.
Recordó que los cruces de información se solicitan para tener cierta certeza, en el entendido de que son datos privilegiados, y que es información que solo se puede entregar bajo orden de juez.
Una vez obtenida la información no se puede divulgar y la institución bancaria debe entregarla bajo la reserva de confidencialidad.
Reforma
Los analistas afirmaron que se deben promover cambios para que las contribuyentes sepan que están siendo investigados por parte de la gerencia de investigación fiscal y preparar los mecanismos de defensa ya que se encuentran en desventaja.
Chile Monroy recordó que la acción de amparo se promovió porque el contribuyente nunca era informado de que era objeto de investigación.
Para ello, se debe reformar en el artículo que si el contribuyente es sujeto de investigación también que se informe en paralelo.
Sobre los ganadores y perdedores, en este caso el administrador es el ganador, y los perdedores los contribuyentes, sobre todo por lo complejo de establecer una cuantificación de las diferencias entre los movimientos bancarios y facturación.
“El contribuyente queda expuesto, pero para evitar esos problemas debe contar con un respaldo de operaciones”, agregó.
Acciones ante OCDE
Martínez destacó que con esta resolución en firme notificarán para mejorar el cumplimiento de Guatemala en la reciente evaluación en los estándares de transparencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Contenido relacionado
> Por qué creció el parque vehicular de motos en Guatemala
> Cómo afecta la plaga de banano y plátano la actividad exportadora de Guatemala