Economía

Cómo aplicar a una visa H-2A para trabajos temporales agrícolas en EE. UU.

Luego del anuncio del acuerdo entre Guatemala y Estados Unidos sobre impulsar un programa de trabajadores agrícolas temporales, guatemaltecos empiezan a mostrar interés en aplicar a la Visa H-2A, pero aún no determinan si será el Ministerio de Trabajo o agencias reclutadoras quienes estén a cargo del proceso.

En la página del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) explica que el Programa H-2A permite que empleadores o agentes estadounidenses que cumplen con requisitos reglamentarios específicos soliciten los servicios de ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos con el propósito de llenar puestos de empleos temporales en la agricultura.

Por lo anterior, es fundamental contar con el patrocinio de una empresa americana para que las embajadas y consulados emitan los visados, además es necesario cumplir con una serie de requisitos que regulan quién puede obtenerlos y en qué condiciones.

Para poder beneficiarse de esta visa el primer requisito que se debe cumplir es ser residente de un país designado anualmente en una lista especial por el gobierno de Estados Unidos.

El 18 de enero de 2019 se publicó en el Registro Federal un listado de 84 países cuyos ciudadanos pueden tener esta visa. Este es el listado de países:

Cómo se inicia el proceso para obtener estas visas:

  • El trabajo a realizar debe estar relacionado con la agricultura, incluyendo los servicios agrícolas, y ha de ser de carácter temporal o de temporada.
  • El patrono agrícola o las organizaciones de productores del campo son los que inician el proceso. Es decir, no se puede llegar al consulado a aplicar para una visa H-2A.
  • Un empleador, un agente estadounidense según descrito en la reglamentación, o una asociación estadounidense de productores agrícolas denominada como un empleador conjunto, deben presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante a nombre del posible empleado.
  • Si el USCIS da su aprobación, entonces la persona extranjera podrá solicitar ante la Embajada o consulado americano que le corresponda una H-2A. Tiene que pagarse la cuota o arancel correspondiente por su tramitación, en este punto, el candidato no debe pagar, pero si no se cumplen todos los requisitos la visa puede ser denegada.

¿A qué institución acudir para el proceso?

Es común que este tipo de empleo se ofrezca a través de agentes, reclutadores o agencias de servicio de empleo. Estos agentes no pueden solicitar ningún tipo de cuota, arancel o pago al trabajador extranjero a cambio de ofrecerles un puesto de trabajo.

El ministro de Trabajo y Previsión Social, Gabriel Aguilera, aseguró que el acuerdo suscrito entre Guatemala y Estados Unidos para establecer un programa de trabajadores agrícolas temporales permitirá luchar contra las estructuras criminales que engañan a los migrantes.

“El acuerdo establece que las partes nos comprometemos a luchar contra el fraude y las estafas de las estructuras criminales que se aprovechan y engañan a los migrantes guatemaltecos”, afirmó.

El funcionario resaltó que las empresas reclutadoras deberán registrarse ante la institución “con reglas claras” y que los trabajadores agrícolas no cubrirán ningún gasto por la contratación.

Se recomienda utilizar los servicios de una agencia o reclutador reconocidos legalmente en el país, pero hasta la fecha aún no se cuenta con un listado oficial porque están trabajando en esos detalles, remarcó Aguilera.

¿Quiénes califican?

Para aplicar para la clasificación de No Inmigrante H-2A, el peticionario (empresa estadounidense) debe:

  • Ofrecer un empleo de naturaleza temporal o de estación.
  • Demostrar que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, cualificados y disponibles para realizar el trabajo temporal.
  • Demostrar que la contratación de empleados H-2A no afectará los sueldos y las condiciones de trabajo de los empleados estadounidenses en tareas similares.
  • Generalmente, presentar una sola Certificación de Trabajo Temporal válida emitida por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (DOL, por sus siglas en inglés) junto con la petición H-2A. (Existe una excepción limitada para este requisito en ciertas “circunstancias emergentes”).

Validez de la visa H-2A

En general este tipo de visa se concede por un periodo de 1 año. Puede extenderse hasta dos veces por un periodo de un año hasta un total de 3 años. Se deberá entonces abandonar Estados Unidos por tres meses antes de volver a aplicar por una nueva visa.

Hay que tener en cuenta que la condición fundamental para que la visa sea válida es que el empleado esté realmente trabajando.

Si el extranjero con una visa H-2A no se presenta a trabajar en los cinco días siguientes a la fecha de inicio de empleo o si es despedido, o si se ausenta del trabajo cinco días seguidos sin notificar al empleador la razón de la ausencia entonces el patrono notificará dichas faltas al USCIS y las autoridades migratorias entienden que se está violando las condiciones de la visa y, por lo tanto, ya no es válida.

Lo mismo sucede si el trabajo se acaba al menos 30 días antes de la fecha programada. Si el trabajo que se ha venido a hacer se ha acabado, se debe abandonar Estados Unidos.

Familiares de trabajadores temporales en la agricultura

Si la persona que recibe una visa H-2A está casada puede viajar a Estados Unidos con su esposo o mujer y sus hijos, siempre y cuando éstos estén solteros y sean menores de 21 años.

Los familiares tendrán una visa H-4 y no están autorizados a realizar ningún tipo de trabajo durante su estancia en Estados Unidos.

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ESCRITO POR:

Natiana Gándara

Editora de Economía en Prensa Libre, con más de 15 años de experiencia en medios radiales, televisivos, impresos y digitales.