PLUMA INVITADA

Descentralización del Estado

Roberto Chávez Zepeda

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El Artículo Constitucional 119 Sección 10ª. Obligaciones del Estado, dice: “Promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, para lograr un adecuado desarrollo regional del país”. Desde 1985 esto no se ha logrado tal como los legisladores tal vez lo imaginaron.

Durante el gobierno de Vinicio Cerezo Arévalo se emitieron los decretos 7-86, Ley de Regionalización, y 52-87, Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Pudiera pensarse que muchas de las acciones de nuestros gobernantes se fundan solo en ir sacando la tarea del día, mediante el proceso de prueba y error o quizá la mayoría de quienes se emplean en la administración pública son expertos torcedores de los planes, leyes y reglamentos, y no cito programas de gobierno porque ninguno de los partidos políticos que han alcanzado el poder ha presentado alguno.

La regionalización del país, establecida en ocho regiones, ha sido exitosa. Sin embargo, el decreto 52-87, mediante el cual se crearon el Sistema Nacional de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Fondos Sociales, la sempiterna existencia de gobernadores departamentales, que por cierto carecen de descripción de puesto y funciones, así como los alcaldes, que en la práctica no han llenado el requisito de ser una extensión del Gobierno Central en la provincia. Estos entes operan como sistema paralelo al Gobierno Central, tienen autonomía y no están obligados a rendir cuentas. Manejan del 12 al 15% del Presupuesto Nacional.

La propuesta al Estado es que esos cargos, constitucionalmente aceptados, ahora que se está revisando la Constitución para adecuarla a las nuevas realidades de la ciudadanía y providencias anticorrupción sean sustituidos por viceministros, uno de cada cartera, que radiquen en cada una de las ocho regiones del país, para que desempeñen sus labores atinentes en forma itinerante, supervisando personalmente el trabajo, la eficiencia, calidad, probidad y puntualidad del personal de cada una de sus correspondientes dependencias.

Si se va a construir un puente en Zacapa, el viceministro de Obras Públicas a cargo de la región III (Izabal, Chiquimula, Zacapa y El Progreso) estará pendiente de que las calidades y cantidades de materiales coincidan con los planos correspondientes y lo solicitado. El de Salud Pública, radicado en la región VII (Huehuetenango, Quiché, Totonicapán y Sololá) velaría por el cumplimiento de deberes y responsabilidades del Gobierno sobre esa fundamental área, así como el estado de los hospitales.

Esta es la única forma como el jefe del Ejecutivo prodrá contar verdaderamente con ojos y oídos que le permitan gobernar, a base de políticas de Estado.

rochaz71@gmail.com

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