Economía

Solo 318 empresas gozarán de exoneración del ISR 

El Ministerio de Economía (Mineco) acordó que 318 empresas podrán seguir con la exoneración de ISR para completar  el plazo de 10 años establecido en el decreto 29-89 Ley de fomento y desarrollo de la actividad exportadora y de maquila.

La certeza jurídica es indispensable para atraer la inversión extranjera. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La certeza jurídica es indispensable para atraer la inversión extranjera. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El Acuerdo ministerial 162-2016 emitido por el Mineco el 28 de abril contiene la lista de las empresas la cual se emite en cumplimiento con los establecido en el decreto 19-2016 que contiene la Ley Emergente para la Conservación del Empleo, que sustituye a la ley de maquilas, y así establecer las que continuarán con el beneficio. 

El listado incluye solo fábricas dedicadas a vestuario y textiles y de centros de llamadas, refirió el auditor Óscar Chile Monroy. 

A principios de este año la Superintendencia de Administracion Tributaria (SAT) informó que al 31 de diciembre del 2015 habían inscritas 867 empresas amparadas bajo la ley de maquilas, pero que de estas 835 perderían esos beneficios ya que se les vencía en esa fecha.

Ahora,  se les acepta continuar con el plazo a 318 y no podrán hacerlo 517 empresas no fueron incluidas por el Mineco en el acuerdo.

El problema que enfrentan algunas empresas, indicó Chile Monroy, es que desde hace años el Mineco decidió emitir inscripción bajo el decreto 29-89 de maquilas pero fijándoles como plazo límite el 31 de diciembre del 2015 (fecha en que debían terminar las subvenciones en el mundo según la OMC) y no los 10 años a partir de la fecha de inscripción que permitía ese decreto en el país.

Varias empresas entablaron una discusión con el Ministerio y presentaron demandas en los tribunales para que se les brindara el plazo completo de los 10 años, recordó el auditor. 

Algunas empresas cuestionan que se les violan su derecho de igualdad porque el Mineco emitió inscripciones con plazos más cortos a modo que terminaran en diciembre del 2015.

Declaración al fisco

Chile Monroy refirió que el ministerio de economía se tardó en publicar la lista de empresas y lo hizo muy tarde porque la fecha para declarar el primer trimestre de ISR vencía este 2 de mayo según el calendario tributario, pero que las empresas se mantenían en incertidumbre por esta razón.

En el caso de las empresas, cuyo período según el Mineco vencía el 31 de diciembre, pero  que plantearon desacuerdos  en el Mineco o denuncias en los tribunales por los plazos concedidos, pueden hacer sus declaraciones pagando todo el impuesto a la SAT pero bajo protesta.

De esta forma cuando haya alguna resolución, si es a su favor puedan reclamar lo pagado, o si es en contra no hayan caído en intereses o multas, explicó el auditor.

Quienes no iniciaron alguna acción, tienen un panorama más difícil, comentó.

En el listado emitido por el Mineco a algunas se les brindó su inscripción en este régimen en el 2006, y vencieron el año pasado o vencerán este año. Las inscritas de manera más reciente y que gozarán de ese beneficio, la autorización fue aprobada en diciembre del 2015 y se les notificó en enero recién pasado.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.