CON NOMBRE PROPIO

Luz verde a cuotas

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El Congreso de la República aprobó el 9 de abril de 2008 la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer (decreto 22-2008), instrumento que en su tercer Considerando dice: “Que las mujeres guatemaltecas tienen derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y las libertades consagradas en la Constitución Política de la República e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, y que el problema de violencia y discriminación en contra de las mujeres, niñas y adolescentes que ha imperado en el país se ha agravado con el asesinato e impunidad, debido a las relaciones desiguales de poder existentes entre hombres y mujeres, en el campo social, económico, jurídico, político, cultural y familiar, por lo que se hace necesario una ley de prevención y penalización”.

La referida ley en su aplicación ha servido en buena parte para sancionar la violencia enquistada en la sociedad contra las mujeres, y si bien también existen abusos por parte de jueces, fiscales y mujeres de mala fe para lograr una errada aplicación, debemos aceptar la existencia de una sociedad patriarcal y machista como parte del paisaje.

Existe discriminación a la mujer y siempre nos gusta recordar para ilustrar lo dicho una de las observaciones de nuestro compadre Luis Carlos Zúñiga al hacer su EPS de Medicina en Chocolá, San Pedro Jocopilas, Suchitepéquez, lugar donde documentó (1995) que las comadronas cobraban Q125 si el bebé era varón y Q100 si resultaba nena —¿habrá cambiado?—.

Solo ese dato ilustra la enorme brecha entre hombres y mujeres desde el nacimiento, situación que debe cambiar y en donde el Estado debe jugar un papel fundamental.

La existencia de una ley que castigue el Femicidio es producto de una realidad social —nos guste o no—, y esto es lo que debemos subrayar, porque sí existe discriminación a las mujeres y porque desde el plano educativo se adoptan métodos y estereotipos para lograr que madres eduquen machos. El machismo no es cuestión que pueda superarse de la noche a la mañana, son generaciones las que deben esforzarse porque todos estamos, algunos más y otros menos, en esta situación.

La Corte de Constitucionalidad, en su reciente dictamen al proyecto de Reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, dio luz verde para el establecimiento de una nueva forma de postular candidatos. Ya los candidatos no deberán ser, en su gran mayoría, hombres y ladinos, sino que ahora deberá existir una obligada inclusión de mujeres e indígenas. La inclusión indígena es más que obligada y razones sobran para ello.

La igualdad ante la ley es uno de los principios clásicos del liberalismo y de cualquier régimen que se precie de demócrata y republicano, pero lograrla no es una realidad a la que se aterriza por decreto, sino que es un esfuerzo liderado por el Estado como articulador del bien común.

Se dice “la adopción de cuotas atenta contra la meritocracia” y esto es mentira. Una mujer y un indígena deberán hacer su gran esfuerzo para brillar con luz propia en sus organizaciones, lo que cambia es que en nuestro presente el monopolio de la participación lo obtienen, en su mayoría, quienes salen de un solo sector, tengan mérito o no.

Además, nuestro país, al tener una ley contra el Femicidio, lo que hace al adoptar este tipo de normativas es un acto de congruencia. El orden jurídico es sistémico y esa es la única forma en que puede entenderse, así que ahora esperemos a ver qué dice el Congreso.

abalsells@ea.com.gt

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.