EDITORIAL
La institucionalidad debe prevalecer
En todo proceso judicial hay, invariablemente, posturas en conflicto que acuden precisamente a una institución legalmente instituida para que decida, de acuerdo con normas positivas vigentes, el curso legal a seguir en cualquier situación, ya se trate de un reclamo de pensión alimenticia, una querella por alguna deuda, un señalamiento en materia civil, comercial o penal, o un recurso de amparo frente a una situación que represente amenaza al derecho propio o al bien común. Existen tribunales de diversos grados para que, si una parte se siente desfavorecida en algún fallo, pueda apelar, exponer sus razones y esperar una resolución que lo revierta o lo confirme.
Aun así, a final de cuentas siempre habrá una parte derrotada en el proceso, pero independientemente de la frustración no queda sino respetar el fallo. Para todo ciudadano, sector, colectivo u organización, la interposición de denuncias y recursos, las declaraciones ante jueces y la participación en audiencias o vistas públicas presupone ya un reconocimiento de la autoridad institucional y de su veredicto oficial apegado a Derecho.
La Corte de Constitucionalidad ha centrado la atención esta semana por tres fallos que atañen a distintos casos relacionados con tres candidatas a la Presidencia, quienes, según la Encuesta Libre de abril, encabezaban las preferencias electorales, un panorama que seguramente ha variado ya, dadas las circunstancias del actual proceso, y que continuará dicha evolución en los 30 días que faltan para los comicios.
El primero fue el rechazo a la candidatura presidencial de Zury Ríos, el lunes 13 de mayo, ante la aplicación de la prohibición contenida en el artículo 186 de la Constitución de la República, lo cual desató reclamos e incluso descalificaciones hacia el propio tribunal de parte del vicepresidenciable Roberto Molina Barreto, las cuales resultan inconvenientes porque él también fue magistrado constitucional. Igual de lamentables resultaron los comentarios del presidente Jimmy Morales al invocar una hipotética y ambigua “tragedia electoral”. Los candidatos del partido Valor buscan apelar la resolución en entes internacionales, con lo cual, tácitamente, dan validez a la autoridad del máximo tribunal.
Ayer fue denegada por la CC una petición de amparo provisional interpuesta por Thelma Aldana, presidenciable del Movimiento Semilla, quien buscaba ser inscrita por el TSE como candidata, después de que este revocara su registro a causa de la vigencia de su finiquito. La Corte Suprema de Justicia denegó un amparo provisional el 10 de abril, y justo el lunes último se desarrolló la vista pública para el amparo definitivo, que sería la última esperanza de Aldana, aunque ya ella reconoció anoche que prácticamente está cerrado el camino a sus aspiraciones. Así también la CC dejó fuera de la contienda a Mauricio Radford, debido a que tiene un proceso pendiente de resolver.
A diferencia de lo anunciado, causó extrañeza que la CC pospusiera para hoy su decisión sobre el antejuicio contra la candidata Sandra Torres, que la CSJ desechó sin analizar, pese a que contenía audios de diálogos sobre financiamiento electoral ilícito entre la presidenciable y el operador político Gustavo Alejos. Dada la severidad y apego legal de los fallos anteriores, es de esperar que los magistrados se guíen en su decisión por los criterios de transparencia, idoneidad y ética, lo cual implica viabilizar una pesquisa que también fue bloqueada por una absurda denuncia de femicidio contra dos fiscales.