En ella se le pide que atienda con carácter de urgencia las apelaciones del Estado a la decisión del juez federal de distrito, Francisco Besosa, en la que se le prohíbe al Gobierno poner parada la ley que permitiría a las corporaciones públicas reestructurar equitativamente sus deudas, al tiempo que garantiza a la ciudadanía los servicios esenciales.
En ese sentido, recuerda que la decisión del juez federal, emitida el pasado 6 de febrero, deja a este Estado Libre Asociado a EE. UU. desprovisto de un marco jurídico para la reestructuración económica de sus corporaciones públicas, que en su mayoría atraviesan serias dificultades económicas.
Declaraciones
“El Primer Circuito debe actuar con urgencia, pues la decisión equivocada del tribunal de distrito deja en incertidumbre a las corporaciones públicas en cuanto a su responsabilidad dual de atender sus obligaciones económicas, así como brindar los servicios esenciales al país”, defendió Miranda.Añadió que “desde el punto de vista jurídico, entendemos que prevaleceremos, pues el campo (ámbito de la ley) no está ocupado y nuestras corporaciones públicas no son elegibles bajo el Capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal”, tal y como alegaba el juez.
Antecedentes
El pasado 10 de febrero, Puerto Rico presentó las apelaciones a sendas sentencias emitidas como resultado de las demandas incoadas por las firmas de bonistas Franklin y Blue Mountain.
La ley de reestructuración de la deuda, conocida a nivel local como ley de quiebra criolla, fue aprobada en junio pasado por el Gobierno de Puerto Rico para que sus supuestas agencias públicas pudieran declararse en quiebra sin arrastrar con la decisión a todo el Estado.
Las correspondientes demandas fueron interpuestas por dos fondos de inversión estadounidenses que en conjunto tienen unos US$2 mil de los cerca de US$9 mil millones de deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico.
Deuda pública
Las empresas públicas de Puerto Rico son titulares de casi el 40% de los US$73 mil millones de deuda que ha emitido la isla.La legislación estadounidense prohíbe que el Gobierno de Puerto Rico y sus entidades públicas se acojan al capítulo 9 de su ley de bancarrota.