IDEAS
¿Adiós diputados?
Esta semana se presentaron dos acciones legales encaminadas a lograr que muchos posibles candidatos no sean inscritos para las próximas elecciones. Indistintamente de los resultados que tengan, me parece correcto que los ciudadanos hagamos uso de los mecanismos legales que el sistema nos permite para tratar de limpiar el panorama político sin tener que recurrir a rompimientos constitucionales.
La primera fue una solicitud presentada ante los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Solicitan que el TSE “impida la inscripción de candidatos que tengan algún vínculo con actividades ilícitas y con la corrupción”. Se basan en el artículo 113 de la Constitución que textualmente dice: “Derecho a optar a empleos o cargos públicos. Los guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos públicos y para su otorgamiento no se atenderá más que a razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez”. El argumento va en el sentido de que el TSE debiera calificar la “honradez” de los aspirantes a candidatos antes de confirmarles su inscripción.
El problema que yo veo aquí es cómo calificar la “honradez” de los candidatos. El director del Registro de Ciudadanos indica que ellos revisan si tiene antecedentes limpios y si no tienen procesos abiertos en su contra. ¿Qué otra forma habría de calificar la honradez, en este contexto? ¿Con base en rumores al estilo de la Cicig? ¿Con base en denuncias que no se han presentado en los tribunales?
Y aquí entra la otra acción. Este es un amparo presentado por el Grupo G-48 ante la Corte de Constitucionalidad (CC) en contra del Congreso. Argumentan que durante 12 años los diputados han violado el artículo 171, inciso d, de la Constitución, que dice: “Aprobar o improbar anualmente, en todo o en parte, y previo informe de la Contraloría de Cuentas, el detalle y justificación de todos los ingresos y egresos de las finanzas públicas, que le presente el Ejecutivo sobre el ejercicio fiscal anterior”.
No conozco todavía los detalles de este amparo, pero se puede argumentar que al no haber cumplido con este mandato constitucional, los diputados también han incumplido su obligación de fiscalizar las acciones del Ejecutivo; y que al no aprobar o improbar las ejecuciones, se han vuelto cómplices, por omisión, de la corrupción que se ha dado en esos años. Este creo que sí puede ser un parámetro válido para que el TSE califique la “honradez” de los aspirantes. Es de notar que en esta falta incurrieron diputados de la legislatura actual y las dos anteriores, por lo que incluso podría afectar a algunos de los candidatos presidenciales como, por ejemplo, Baldizón, Ríos y Pérez.
¿Será que los magistrados de la CC se van a hacer los locos ante tan flagrante y continuada violación constitucional? ¿Será que los magistrados del TSE van a tener los arrestos suficientes para hacer valer la Constitución?
Estas dos acciones presentan una oportunidad para limpiar los prospectos políticos sin necesidad de ningún cambio en la Constitución ni siquiera en la legislación, y que además podría hacerse valer de inmediato. ¿Usted qué opina?
Fb/jjliber