Lorena Escobar, abogada del afectado, explicó que en el 2010 este llegó con su partida de nacimiento y su cédula de vecindad al Renap, en ese municipio, para tramitar su documento, pero no se lo extendieron.
Ese día, Glendy Figueroa Figueroa, delegada del Renap en el lugar, le dijo a Pedro Francisco que “no le entrega su DPI porque su nombre está mal, y solo se lo dará si se cambia de nombre”, explicó Escobar.
Subrayó que consta en acta notarial que la funcionaria le expresó al afectado: “Usted no tiene nombre como lo dice el artículo 4 del Código Civil, y se le entrega —el DPI— hasta que cambie su nombre”.
Afirmó que lo grave del caso es que esta persona tiene desde hace 55 años ese nombre, y hay documentos que respaldan su identidad.
“El problema es que afectan también el reconocimiento de sus derechos, porque, ¿a cuenta de qué el Estado va a obligarlo a él a cambiarse de nombre?”, cuestionó la abogada, después de la audiencia.
Sala denegó amparo
La Sala Primera del ramo Civil denegó un amparo interpuesto por Pedro Francisco, porque un informe del Renap indica que su DPI está en San Juan Ixcoy desde el 2011, pero fue hasta el 2012 que se envió.
“Cuando se pone en alerta a la registradora, en una forma de burla y para obviar su responsabilidad, le entrega su documento de identificación con su nombre natural”, dijo Escobar.
Por tal razón, la Sala, al resolver, reconoce que hubo un agravio, pero que fue reparado al entregarle el DPI al afectado. Por lo que considera que la acción quedó sin materia y se deniega el amparo.
Entonces se presentó la apelación, con el objetivo de hacer notar que la Sala “está consintiendo y permitiendo que el Renap cometa violaciones a los pueblos indígenas”, manifestó la abogada.
Expuso que solicitaron que se investigue a la registradora, por los abusos cometidos.
En San Juan Ixcoy residen unas 25 mil personas, de las cuales, el 96 por ciento pertenece a la etnia qanjobal, y muchos de ellos prefieren no acudir al Renap por lo que le sucedió a Pedro Francisco.
Las salas Primera y Segunda del ramo Civil conocen los casos de Miguel Marroquín Miguel y Francisco Martín Méndez.
El Ministerio Público afirmó que se violaron los derechos de Pedro Francisco porque se le pidió que se cambiara el nombre para entregarle el DPI, lo cual contraviene el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Se intentó conocer la posición del Renap, pero se informó que el portavoz, Carlos Narez, está de viaje, y que se hiciera el requerimiento por medio de correo electrónico, el cual no fue respondido.