Tomás Saquic, séptimo principal, afirmó que en las afueras del inmueble colocaron un rótulo en el que se lee: “Atención, el presente bien inmueble está intervenido por el Juzgado de Quetzaltenango por espacio de dos años, a partir de su notificación, según expediente No. 1101-2010, Corte de Constitucionalidad. Municipalidad Indígena de Santo Tomás Chichicastenango”.
Saquic aseguró que el 26 de marzo del 2010, el Tribunal de Amparo del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil de Quetzaltenango notificó y otorgó a la alcaldía indígena de Santo Tomás Chichicastenango el derecho de propiedad del inmueble donde funciona la agencia de Telgua.
Agregó que el juzgado ordenó al Segundo Registro de la Propiedad Inmueble de Quetzaltenango cancelar, en un plazo máximo de dos años, la escritura número dos a nombre de la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (Guatel) y la escritura número tres, a nombre de Telgua.
Hernández Méndez, Fiscal Distrital de Quiché, expuso que Telgua entabló una demanda en la Fiscalía Distrital del Ministerio Público en contra de la referida alcaldía, a causa de la acción emprendida por las autoridades indígenas; sin embargo, esta fue desestimada por el fallo legal que existe a su favor.
“La denuncia fue por el delito de usurpación, pero las autoridades ancestrales nos presentaron la documentación en la que consta el fallo de la CC a su favor, dándoles legítima propiedad sobre el inmueble, y por ello desestimamos la denuncia, aunque días después la misma parte pidiente (Telgua) solicitó dejar sin efecto la demanda”, subrayó Hernández.
Las autoridades indígenas dijeron que hace unos 40 años, la Municipalidad hizo la negociación con representantes de Guatel, hoy Telgua, y sin el consentimiento ni autorización de la alcadía indígena, negociaron “a la palabra” el terreno, por lo que en el 2005 iniciaron las gestiones para recuperarlo, porque son los legítimos dueños.
Consultados al respecto, representantes de Telgua informaron que no son responsables directos de la interrupción de los servicios, pues esta obedece “a la obstrucción impuesta por la Municipalidad indígena, que no ha permitido el libre y pacífico ingreso del personal de nuestra empresa al inmueble en donde funcionan los equipos de telecomunicaciones que brindan el servicio a dicha área”.
Agregaron que se acreditará”a los clientes afectados la renta mensual correspondiente al período en el cual el servicio se encuentre suspendido”.