ESTADO, EMPRESA Y SOCIEDAD

Legado bancario de la revolución de octubre

Esta reforma se convirtió en la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, la Ley Monetaria y la Ley de Bancos.

Siendo hijo de padres maestros, y mi padre profesor de Historia, en el seno familiar las sobremesas servían para conversar acerca de los grandes eventos de la historia universal y, naturalmente, también de la nacional. Y la revolución del 20 de octubre de 1944 no fue la excepción.

Esta reforma se convirtió en la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, la Ley Monetaria y la Ley de Bancos.

Vistos en retrospectiva, los eventos históricos resultan menos controversiales y se van evaluando e interpretando con mucho menos apasionamientos. El legado institucional modernizante de la Revolución de Octubre es incontrovertible, estando presentes hasta hoy desde el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) hasta el Banco de Guatemala, entre muchos otros.

Uno de los legados más valiosos del gobierno del presidente Juan José Arévalo Bermejo (QEPD) fue la instauración de un sistema bancario y de banca central moderno; parte de un plan de reforma financiera reconocido internacionalmente, no solo en su tiempo, sino durante muchas décadas después. Sirvió de modelo y ejemplo para muchos países alrededor del mundo.

El plan de reforma financiera fue liderado por Manuel Noriega Morales (ministro de Economía y luego presidente del Banco de Guatemala), con la asesoría de Robert Triffin y David Grove, ambos economistas de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América. Esta reforma se convirtió en la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, la Ley Monetaria y la Ley de Bancos.

En 1988, el Comité de Basilea adoptó una regla novedosa para el resto del mundo, pero que en la legislación guatemalteca estaba vigente desde 1946, sobre que el capital mínimo de un banco debía estar relacionado directamente con el riesgo y calidad de sus activos, y no solo con el volumen de sus depósitos.

Por lo avanzado, la nueva legislación bancaria de Guatemala fue divulgada académicamente en el boletín de la Reserva Federal en marzo de 1946; y se convirtió en norma legal cuando, el 5 de diciembre, el presidente Arévalo firmó lo que fue el nuevo marco legal, que no fue modificado sino hasta el año 2002.

Pero, cómo aseguraron que, teniendo un texto con un enfoque moderno y especializado, los legisladores no lo echaran a perder haciéndole cambios o enmiendas, preocupación que externó el encargado del proyecto, Manuel Noriega Morales, al presidente de la República. El propio presidente Arévalo comentó en una cena en su honor, en el Banco de Guatemala, que para prevenir que en el Legislativo echaran a perder los proyectos de ley, invitó al presidente del Congreso, Julio Bonilla González, un talentoso abogado, a quien le dijo: “Me pasa esto y, aunque yo por ley tengo prohibido intervenir en asuntos del Congreso, hoy va a ser la única vez que voy a cometer el acto delictuoso de presionar: yo necesito que el Congreso apruebe la legislación sin cambiarle una coma; es una pieza legislativa tan técnica y tan moderna que, si ustedes le agregan algo o le quitan algo, la van a echar a perder”.

Bonilla se fue al Congreso, habló con las comisiones del caso y todo el mundo dijo que, “si la cosa es tan delicada, pues así será”, y aprobaron la Ley del Banco de Guatemala, la Ley Monetaria y la Ley de Bancos, sin modificarle ni un punto ni una coma. El presidente Arévalo, con fama de democrático, en este caso presionó al Congreso de la República para que respetara el trabajo especializado de los tecnócratas, reconociendo lo invaluable de su contribución en la elaboración de los proyectos de ley. Cabe mencionar que dentro de la Ley del Banguat se instituyó a la Superintendencia de Bancos, entidad a cargo de supervisar a los bancos del sistema y al propio banco central.

ESCRITO POR:

José Alejandro Arévalo

Profesional, especialista en banca y finanzas. Profesor universitario. Consultor independiente.