El “no” de los 45

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culposo o malicioso, dice mucho de cómo funciona nuestro sistema de justicia.

Buscando todas las causales de excusa en el artículo 123, capítulo I, título IV de la Ley del Organismo Judicial, el desconcierto puede ser mayor. Entre las razones por las cuales puede y debe excusarse un juez, según ese artículo, van quedando muy pocas que puedan ser válidas para tomar tal decisión. Se me ocurre que algunas razones extrajurídicas podrían incluir un elocuente miedo, la corrupción o la reputación. Como sea, esta noticia que apareció en varios medios extranjeros y en pocos de Guatemala nos hace pensar en una justicia sin independencia.

Para comenzar, la amnistía no aplica para delitos como el genocidio y las violaciones de lesa humanidad, razones por las cuales se ha juzgado a Ríos Montt. Cuando la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó a la Corte de Apelaciones, el 23 de octubre del 2013, fallar acerca de una posible amnistía a Ríos Montt sobre la base de un acuerdo firmado en 1986, no consideró que la Ley de Reconciliación Nacional prevé la absolución para delitos políticos cometidos durante la guerra, pero la limita en casos de genocidio, tortura y desaparición forzada. Así que no parecía tan difícil, técnicamente, interpretar la ley en su sentido más obvio. Pero como la interpretación de la ley puede ser amplia y “asegún el cliente”, entendemos que esto siga sucediendo en la Guatemala del siglo XXI, donde la justicia es clientelar, corporativista y para nada independiente.

Cuando uno pregunta cómo va el caso Ríos Montt, mucha gente, incluso del ámbito de las leyes, no sabe muy bien por dónde va. O sea que la estrategia de confundir y mantener desinformada a la población, practicada por el cuerpo legal que apoya al general, parece que no va tan mal. Más allá del impasse en la Corte de Apelaciones y la negatoria de los 45, está ya la decisión tomada por un Tribunal de Alto Riesgo de que no será sino hasta el 5 de enero de 2015 cuando las víctimas, las familias y los querellantes verán abrirse de nuevo el juicio contra Ríos Montt y su jefe de inteligencia, José Rodríguez.

Mientras, a lo mejor seguimos pensando cómo hacer una reforma profunda del sistema de justicia guatemalteco, y vamos dando pasos en ese sentido para una Independencia Judicial plena. Ningún país se levanta sin un sistema judicial que funcione de manera independiente, imparcial, transparente y profesional. Ya es tiempo de que se invente la calificación de la “mala práctica” para abogados y abogadas que así ejercen su profesión, porque de una correcta aplicación de la ley depende la salud de cualquier Estado democrático. Y todo lo contrario.

cescobarsarti@gmail.com

ESCRITO POR:

Carolina Escobar Sarti

Doctora en Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Salamanca. Escritora, profesora universitaria, activista de DDHH por la niñez, adolescencia y juventud, especialmente por las niñas.