Guatemala

Santa Catarina Pinula regula elección de alcaldes auxiliares

El Concejo Municipal de Santa Catarina Pinula emitió un reglamento para la elección de los alcaldes auxiliares de esa jurisdicción, con la publicación del acta 56-2013 de la sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2013.

Municipalidad de Santa Catarina Pinula. (Foto Prensa Libre: @PMTSCP)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula. (Foto Prensa Libre: @PMTSCP)

CIUDAD DE GUATEMALA – Entre los requisitos de los candidatos se establece ser guatemalteco de origen, ser vecino del municipio, residir en la comunidad en la que ejercerá el cargo, estar en goce de sus derechos civiles y políticos, se de reconocida honorabilidad, saber leer y escribir, ser mayor de edad.

Los alcaldes comunitarios o auxiliares serán nombrados por el alcalde municipal, con base a la elección que hagan las comunidades por medio de asamblea general.

Corresponde al concejo municipal convocar a elecciones mediante acuerdo en el cual se establecerá el período de convocatoria, así como el plazo de presentación de planillas, las cuales deberán realizarse con un mínimo de 30 días hábiles antes de la fecha de elección.

La inscripción de los candidatos se deberá hacer en la dependencia administrativa designada por el concejo municipal y los postulantes deberán presentar fotocopia del DPI, constancia de residencia, currículum, antecedentes penales y policíacos, así como constancia de honorabilidad extendida por la comuna.

El alcalde designará como delgados municipales en cada comunidad un síndico o concejal, a cargo del proceso eleccionario en su localidad.

Cada planilla tendrá derecho a nombrar y acreditar a un fiscal de mesa ante la junta electoral comunitaria, que serán nombradas por el delegado municipal.

El proceso de elección únicamente se podrá declarar nulo, si así lo deciden en la asamblea comunitaria el mismo día de la votación.

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