ESTADO, EMPRESA Y SOCIEDAD

El dilema de las clases pasivas civiles del Estado

Bien se dice que no hay nada peor que un ignorante con poder.

Antes, si uno estaba interesado en conocer sobre lo acontecido durante las sesiones plenarias en el hemiciclo del Congreso de la República, se consultaba el acta de la sesión celebrada en determinada fecha. Ahora, además de que se pueden consultar los videos oficiales del Congreso, disponemos de un sinnúmero de diversas fuentes tradicionales y virtuales que dan cuenta de todo, incluso al mismo tiempo que sucede, en tiempo real, gracias a la magia de las redes sociales y noticiosas que nos abruman de información, frecuentemente válida, pero muchas veces también falsa o mal intencionada.

Bien se dice que no hay nada peor que un ignorante con poder.

Me llamó la atención la sesión ordinaria 35-2024 del pasado 10 de septiembre, en donde, a pesar de que los 23 diputados electos bajo el símbolo partidario del Movimiento Semilla, liderados por una de sus más conspicuas diputadas, quisieron que, por no contar con dictamen favorable del Ministerio de Finanzas Públicas, se retirara el punto relativo a la discusión por artículos y redacción final de la iniciativa 5563 para modificar el decreto número 63-88, Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, pero 91 diputados se opusieron y, finalmente, fue aprobada por mayoría, convirtiéndose en el decreto 18-2024.

Cabe mencionar que los beneficiarios jubilados del Estado suman 109,427. El total de servidores públicos que pagan IGSS (que podrían llegar a ser pensionados del Estado) son 387,668 (renglones 011, 021, 022, 023 y 031), que excluye a los contratados bajo el renglón 029. En el proyecto de presupuesto 2025 se contemplaron Q7.8 millardos para cubrir las clases pasivas del Estado, cifra que deberá incrementarse para atender lo dispuesto por el Congreso, en medio de la algarabía de los pensionados civiles del Estado y de la obvia ignorancia de sus consecuencias por parte de la mayoría de los congresistas.

No me referiré a que es posible, pero poco realista políticamente hablando, que el decreto sea vetado por el presidente de la República, aunque debiese hacerlo si se toma en serio el significativo impacto en las finanzas públicas, habiendo razones actuariales, financieras y técnicas para haber modificado la iniciativa de mérito, que debieron haber sido expuestas oportunamente y ganar el tiempo necesario para revisarla reflexiva y pausadamente.

El presidente puede sancionar o vetar la ley, o simplemente no hacer nada, pero en este último caso, vencido el plazo legal, el Congreso podría mandar a publicarla, como se hizo con la Ley de Alianzas Público-Privadas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, en época del gobierno del presidente Álvaro Colom (QEPD).

La revisión y establecimiento de un régimen previsional para el retiro de los servidores públicos que sea digno y financieramente sostenible, financiado tanto con los aportes laborales como patronales, es un asunto pendiente y postergado por los distintos gobiernos.

Al gobierno actual ya le había pasado con el decreto 14-2024 que, al margen de su iniciativa de ampliación presupuestaria (que posteriormente se aprobó mediante el decreto 17-2024), los diputados con 102 votos obligaron a aumentar a Q36 mil el pago a los veteranos militares e incrementar la lista de beneficiarios. Como sucede ahora con esta ley que aumenta las pensiones de jubilados del Estado, aquélla fue imposible de objetar. Bien se dice que no hay nada peor que un ignorante con poder. Conocemos personas que saben; hay otras que no saben y saben que no saben; pero las más peligrosas son aquellas que no saben que no saben y, peor aún, que pretenden saber, pero están rebosantes de ignorancia. Estas últimas son las causantes de los mayores daños.

ESCRITO POR:

José Alejandro Arévalo

Profesional, especialista en banca y finanzas. Profesor universitario. Consultor independiente.