Ellos contarán con la participación de representantes de del Hospital General San Juan de Dios, el Hospital Roosevelt y del Viceministerio de Atención Primera de Salud.
Cuando se reciba un expediente de algún caso que amenace la salud pública, se integrará la junta en un plazo de tres días hábiles, junto con el Departamento de Regulación, Control de Productos Farmacéuticos y Afines.
En caso de muerte o deterioro grave de la salud, se integrará la junta en un plazo de 10 días hábiles.
Los expedientes que conozca la junta se manejarán bajo confidencia, queda prohibida su publicidad y la divulgación de la información que se maneje al respecto.
Esta disposición entrará en vigor inmediatamente, se da un plazo de 10 días para que el viceministro de Hospitales nombre al presidente de la junta, quien deberá convocar a la primera reunión 15 días después de su nombramiento.
Dentro de los 15 días después de celebrada la sesión, se deberá emitir un catálogo de criterios básicos de notificación, el cual deberá ser aprobado por un Acuerdo Ministerial.