Legislación

Iniciativa de ley que crea nuevos impuestos causa opiniones encontradas

Varios sectores productivos se pronuncian a favor y en contra de nuevos regímenes de impuestos planteados en la normativa que aún se halla en discusión legislativa.

Agricultura pecuarios regímenes especiales impuestos

La iniciativa de ley 6351, propone dos regímenes especiales producción y comercialización de agrícola y de artesanías, así como de pecuarios e hidrobiológicos. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Los representantes de varios sectores productivos comienzan a reaccionar ante la iniciativa de ley 6351 que podría ser aprobada en las próximas sesiones del Congreso, y que crea dos regímenes especiales para simplificación de impuestos, con una tasa de 1.5% para ventas locales y 2% para exportación.

Además, reformaría la ley del impuesto al valor agregado (IVA) ampliando a más de Q400 mil el monto anual de ingresos para formar parte del Régimen de Pequeño Contribuyente.

Las nuevas modalidades son el Régimen Especial de Producción y Comercialización de Productos del Sector Agrícola y de Artesanías (llamado Régimen Primario), así como el  Régimen Especial de Producción y Comercialización de Productos del Sector Pecuario, Hidrobiológico y Apícola, al que llaman en la propuesta, Régimen Pecuario.

Condicionantes

En ambos casos se menciona que la condición para ser sujeto pasivo de los tributos es que la producción se destine a supermercados, mercados cantonales, municipales y  centros de acopio.

Se refiere que pueden registrarse en estos regímenes tanto personas individuales como jurídicas. Otra condición que se menciona en el régimen de productos agrícolas y artesanías es que las ventas brutas anuales no sobrepasen los 3,500 salarios mínimos del sector no agrícola, que equivaldría en alrededor de Q12.5 millones anuales, según el artículo 4 de la iniciativa dictaminada. Sin embargo en el artículo 5, sobre las condiciones al régimen pecuario no se detalla ese límite máximo.

Están excluidos de estos dos nuevos regímenes los productos pecuarios derivados de la crianza porcina, avícola y pesca industrial porque ya están regulados en la ley del IVA, según se lee en la iniciativa que se encuentra agendada para la tercera lectura en el Congreso.

Además, quienes apliquen a estos nuevos regímenes especiales deberán hacer la declaración y pago de forma mensual y una declaración anual informativa; pero quedan exentos del pago declaración del IVA y de las declaraciones mensual, trimestral y anual del impuesto sobre la renta (ISR) y de cualquier otro tributo acreditable a este.

No están exentos los ingresos obtenidos de la realización de actividades distintas a las indicadas en estos dos regímenes que son detallados en los artículos 4 y 5 de ley, y en esos casos deberá tributar conforme a los regímenes del IVA y del ISR.

Opiniones

Federación de Ganaderos

Rodolfo García Pacheco, presidente de la Federación de Ganaderos de Guatemala (Fegaguate), refirió que el objetivo de la iniciativa es crear un régimen especial de tributación simplificada para incorporar al sector a la formalidad.

Agrega que se ha discutido con diversas autoridades incluyendo la SAT que designó a un equipo para entender al sector primario y la cadena desde que se produce hasta que se vende y llega a los mercados, y que también participaron otras organizaciones de los sectores y entidades.

Refirió que en la nueva legislatura los parlamentarios tomaron el proyecto e hicieron algunos cambios, ya que en una iniciativa antigua (la 6165) se incluía implementar impuestos a los vendedores de los mercados, pero la nueva iniciativa (6351), no los incluye.

Otro punto que García expresa es que la Federación apoya la iniciativa con las tasas impositivas mencionadas, pero como fue acordada luego de las discusiones. Es decir, que incluya solo a los contribuyentes como personas individuales, pero no a las jurídicas, tal como lo indica el Ministerio de Finanzas.

Surgió cierta tensión el martes poque se incluyeron aspectos que no estaban consensuados, agregó al insistir en que la ley acordada es para apoyar a aquellos que necesitan que estar en la formalidad, no es para las sociedades anónimas.

Refirió que comprenden la posición de la SAT la cual indicó que no es conveniente que se incluya a las personas jurídicas como las sociedades anónimas u otras.

Consultado acerca de la posibilidad de que se fije un monto límite máximo de Q12.5 millones anuales de ventas brutas para poder estar en este régimen, dijo que es positivo porque se puede empezar por ese monto y subir el techo límite, si es necesario en el futuro.

En la federación se agrupan 2,300 ganaderos integrados en 16 asociaciones, con unas 490 mil hectáreas de uso y 1.5 millones cabezas. Generan alrededor de 50 mil empleos directos, 150 mil indirectos y llegan a 300 mil, con otras contrataciones, refirió.

Consultado por aparte Leonel Castellanos, integrante de la asociación de ganaderos de Izabal y expresidente de la Federación, refirió que apoyan la iniciativa de crear el impuesto de 1.5%, pero a diferencia de García, dijo que sí apoyan que se incluye tanto a personas individuales como jurídicas.

Además, ve positivo que se haya elevado el monto mínimo anual de ventas brutas para estar en este régimen que se calcula en 3,500 salarios mínimos y es equivalente Q12.5 millones anuales, ya que en iniciativas anteriores se mencionaba solo Q3 millones. Considera que esas condiciones les permitirá regularizarse y pagar impuestos, ya que con los regímenes existentes no pueden hacerlo.

Más divergencia

Luis Leal, asociado a la Cámara de Productores de Leche de Guatemala, indicó que la postura de la cámara es que están de acuerdo con el régimen y la tasa de 1.5%, no así con la inclusión de personas jurídicas.

Mientras que Gabriel Biguria, presidente de la Asociación Guatemalteca de Exportadores de Guatemala (Agexport), indicó que el contenido de la propuesta de ley en mención es muy puntual ya que el 98% de esta va dirigido a la producción y comercialización local con el fin de irlo formalizando.

Respecto a la mención que se hace de exportaciones en la propuesta, indicó que no les queda claro qué se pretende y a qué casos porque en la actualidad quienes venden a otros países están formalizados, pues es uno de los requisitos principales para ser exportador.

Un aspecto que les preocuparía es que con esa ley que tiene un impuesto más bajo se estén creando condiciones o incentivos para que los productores ya no le vendan a la cadena que está enfocada en la exportación y esto les pueda crear falta de abasto, ya que podrían preferir suplir al mercado local.

Esto, porque en la actualidad los pequeños productores pueden suministrar a procesadoras y otras empresas que exportan, para lo que se puede usar la factura especial con la que se hace una retención del 5%.

Un pacto fiscal

Pedro Prado, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes) refirió  que en aspectos generales, los tratamientos preferenciales deben tener una discusión de fondo, pero a su criterio también es necesario retomar el tema de una reforma fiscal integral para dotar de los recursos al Estado pero a la vez, atender el tema de la transparencia, por lo que es necesario retomar la idea de un pacto fiscal.

Mientras tanto, añadió que si en esta ley se incluye a personas jurídicas pareciera que hacen falta más análisis porque una posible caída del IVA sí perjudicaría al fisco.

En tanto, Ricardo Barrientos, director del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), explicó mediante un comunicado que el mecanismo que propone la iniciativa 6351 puede disminuir la recaudación de los grupos empresariales organizados, y según lo especifica la propia iniciativa, especialmente supermercados, tiendas, abarroterías y otros, que compran productos procedentes de los sectores que busca beneficiar directamente la propuesta.

Añade que si la SAT no logra un control estricto y riguroso del régimen nuevo, no debe descartarse la ocurrencia de fraudes como el surgimiento de “empresas fantasma” proveedoras de los productos beneficiados, y con ello, aumentar artificialmente sus márgenes de ganancia.

Y que no hay razón ni justificación técnica para elevar el monto máximo de los ingresos anuales para optar al régimen de pequeño contribuyente del IVA ni para fijar un límite máximo para aplicar a los dos nuevos regímenes.

Pequeños contribuyentes: otro límite ampliado

Esta iniciativa de ley, aparte de crear dos regímenes especiales para el pago de impuestos, reformaría la ley del IVA, aumentando el límite máximo de ingresos anuales establecido para acogerse al régimen de pequeño contribuyente, advirtió el Icefi.

En la actualidad ese límite es de Q150 mil anuales, pero en la iniciativa de ley pendiente de aprobación, artículo 16, se fija el equivalente a 125 salarios mínimos mensuales para el sector no agrícola, que representaría unos Q437 mil 500 anuales, y mantendría la tasa actual de 5% sobre ventas. 

Además, los contribuyentes inscritos en el Régimen General del IVA (con tasa del 12%), pero cuyos ingresos no superen el nuevo límite que se impondría en un año calendario, podrán solicitar su inscripción Régimen de Pequeño Contribuyente, refiere el artículo 17 de la iniciativa.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.