La CC también remitió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) los expedientes relacionados con el amparo contra Porras, Curruchiche y Orellana.
El amparo planteado por las autoridades indígenas solicita que se otorgue la protección constitucional de amparo “declarando la amenaza de violación al principio de supremacía constitucional, a nuestro derecho a elegir, al voto universal, secreto y único, a la efectividad del sufragio y a la libertad del voto.
Además, solicita que se deje en suspenso la resolución emitida por el juez Orellana “que ordenó los allanamientos ejecutados el 12 y 13 de septiembre de 2023 en instalaciones del Centro de Operaciones del Proceso Electoral y el Registro de Ciudadanos”.
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También solicite que por medio de amparo “se conmine a la fiscal general y jefa del Ministerio Público y al jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad a abstenerse de realizar solicitud y ejecutar cualquier acción que ponga en riesgo o amenaza los derechos y principio individualizados”
Sumado a eso, en el amparo piden que “se conmine al presidente constitucional de la República para que ordene al director de la Policía Nacional Civil abstenerse de acatar ordenes o solicitudes de las autoridades impugnadas que ponga en riesgo o amenaza los derechos y principio individualizado”.
Además, le solicitan a la Corte que se ordene la separación del cargo “ipso facto” de Porras, Curruchiche y Orellana.
Sin embargo, este viernes se conoció que el CC le dio trámite al amparo interpuesto por las autoridades ancestrales, pero para determinar si procede o no le fijó 48 horas al presidente Giammattei para envié un informe circunstanciado referente a los actos señalados por las autoridades indígenas.
“Para resolver si procede o no el amparo provisional, que el Presidente de la República de Guatemala, autoridad denunciada remita el antecedente del caso o, en su defecto informe circunstanciado, dentro del perentorio término de cuarenta y ocho horas, con la salvedad de que, si no tuvieren en su poder lo mencionado, informe a esta Corte al respecto y remita el requerimiento a donde corresponda para dar cumplimiento a lo ordenado”, detalla la CC en su resolución.
Además, la resolución detalla que “por razón de competencia” se remite “para conocer y emitir pronunciamiento, copias certificadas del escrito inicial del amparo instado y del escrito relacionado en esta resolución a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que continúe con el trámite correspondiente al amparo” contra Porras, Curruchiche y Orellana.