En el comunicado el MP rechaza “todo intento de presión y coacción para detener cualquier investigación en curso autorizada por juez competente, o dejar de cumplir con su función de ser garante del cumplimiento de las leyes del país y de la protección de todas las víctimas del delito”.
Afirma que de conformidad con la Constitución Política de la República y la ley, y en congruencia con lo que resolvió la Corte de Constitucionalidad, el MP ha continuado con las investigaciones relacionadas a la “denuncia de posible falsificación masiva de firmas y comparecencia de personas fallecidas en la constitución del partido político Movimiento Semilla”.
Aclara que para preservar documentación e indicios de ese caso y que deben ser analizados en forma rigurosa, el MP hizo las diligencias urgentes que permitieran el resguardo de los mismos.
Hace referencia a que rechaza lo que califica de campañas de desinformación “que pretenden trasladar a la ciudadanía afirmaciones alejadas de la realidad y que suponen que se ponen en riesgo los resultados del 25 de junio en las elecciones generales y el próximo balotaje del 20 de agosto del presente año”.
“Estas campañas tienen como único objeto detener las investigaciones en curso y que las eventuales responsabilidades y consecuencias legales no puedan deducirse en su oportunidad. La desinformación y las medidas de hecho para detener las investigaciones, fomentan la impunidad y se alejan del Estado de Derecho”, justifica el MP en su comunicado.
Continuará con investigaciones
“El Ministerio Público continuará en cumplimento de sus obligaciones y las investigaciones en curso se continuarán desarrollando con imparcialidad, objetividad y estricto apego al principio de legalidad, en el marco de lo que establece la Constitución Política de la República y la ley, tal y como se ha hecho en todo momento, sin excepción alguna”, se lee en el documento.
Añade que el MP garantiza el desarrollo de la segunda vuelta electoral con los candidatos de los partidos políticos que alcanzaron el balotaje -Sandra Torres, de la UNE, y Bernardo Arévalo de Movimiento Semilla- tal y como lo resolvió la Corte de Constitucionalidad.
El documento también le dice que velará por todas las víctimas del delito “para que obtengan las respuestas a sus demandas, investigando todas las denuncias que se presentan, aún y cuando exista oposición por parte de los posibles responsables de la comisión de delitos”.
Resolución de la CC
La Corte de Constitucionalidad (CC) denegó el pasado sábado 22 de julio otorgar amparo provisional al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que el viernes 21 de julio había presentado la acción con el fin de garantizar la segunda vuelta de las elecciones generales, que están programadas para el próximo 20 de agosto.
En su resolución, el máximo Tribunal dijo que la denegatoria obedece a que ya emitió una decisión, el pasado 13 de julio, “en la que se pronunció respecto de que la máxima autoridad electoral debe proceder conforme lo dispuesto en el acuerdo 1328-2023”, este dice que el balotaje deberá disputarse entre Sandra Torres de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) y Bernardo Arévalo de Movimiento Semilla.
No obstante, a la denegatoria, en su resolución la CC remarcó en que el acuerdo del TSE “no puede ser afectado por lo decidido por un órgano jurisdiccional de naturaleza ordinaria” y que “de esa cuenta, esta Corte estima que en el presente caso debe aludirse a tal pronunciamiento”.
El TSE presentó el viernes el amparo en el cual denunciaba a Napoleón Barrientos, ministro de Gobernación; Henry Reyes, ministro de la Defensa Nacional; Silvia Patricia Valdés, presidenta del Organismo Judicial (OJ) y de la Corte Suprema de Justicia (CSJ); María Consuelo Porras, fiscal general; Wuelmer Gómez, procurador general de la Nación; Edwin Manfredo Ardiano, director general de la Policía Nacional Civil, y Edwin Martínez Cameros, ministro de Finanzas Públicas.
El TSE justificaba el amparo por “la amenaza cierta, futura e inminente de que las autoridades denunciadas vulneren el Estado Democrático de Derecho al no garantizar el ejercicio de las funciones del Tribunal Supremo Electoral, de los Órganos Electorales Temporales y de la ciudadanía en general, para el desarrollo de un proceso electoral hasta su conclusión en un ambiente de libertad y plena vigencia de los derechos constitucionales de la ciudadanía y organizaciones políticas”.
También pedía que los denunciados se abstuvieran de “emitir decisiones y órdenes que se opongan a la plena vigencia, eficacia y cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo 1328-2023” —en el que declara la validez de la elección de presidente y vicepresidente de la República, realizada el 25 de junio.
El TSE señalaba que los derechos que se consideran amenazados puesto que es deber del Estado garantizarlos son: la libertad, justicia, seguridad, certeza jurídica y paz. También el derecho de elegir y ser electo y el principio de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
También, el principio de legalidad y sujeción al imperio de la ley de la función pública y el régimen político-electoral del Estado de Guatemala. Todo ello establecido en la Constitución Política de la República.
Acción
El TSE presentó el amparo después de que la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), encabezada por Rafael Curruchiche, llevara a cabo una serie de acciones y allanamientos en la sede del Registro de Ciudadanos y del partido Movimiento Semilla para buscar evidencias de supuestas irregularidades en el proceso de formación de dicha organización política.
Las acciones de la Feci han contado con el aval del juez Séptimo Penal, Fredy Orellan, cuyas resoluciones en este caso han sido calificadas de ilegales y hasta inconstitucionales.
Tanto Orellana como Curruchiche fueron incluidos en la lista Engel de actores corruptos que elabora el Departamento de Estado de EE. UU.