El documento que presentó el equipo legal de Semilla es el NO. C-01079-2023-00231 y el que comparece es César Bernardo Arévalo de León -candidato presidencial de ese partido político-.
Los hechos que señala Arévalo son que: “en ese juzgado se sustenta la tramitación del presente proceso, identificado con el número 01079-2023-00231 promovido por mi persona por la posible falsificación de una firma por parte de un tercero ajeno al partido político que represento”.
Añade que pese a que él figura como denunciante en ese caso, en representación de Semilla, el juzgado y el Ministerio Público han tomado acciones en contra de la propia víctima, entre ellas la resolución de fecha 12 de julio del 2023 en la que atentan contra los derechos del partido semilla y los propios del candidato -por haber solicitado la suspensión de la personalidad jurídica.
El equipo legal de Semilla afirma que esta solicitud de recusación se realiza para apartar del proceso al mencionado juzgado, porque consideran que no está actuando de buena fe o de forma imparcial al suspender los derechos del agraviado (Bernardo Arévalo, candidato presidencial del Movimiento Semilla) en este proceso; sin brindar audiencia previa y sin resolver nada de lo que se ha solicitado.
El propio juez Orellana es quien deberá de enviar el memorial a la Sala Tercera de Apelaciones.
Con esta acción, el proceso queda detenido hasta que se defina qué juez lo continuará conociendo.
La resolución de la recusación depende de la Sala, en la misma podría confirmar a Orellana o designar a otor juez.
En este caso por jurisdicción es la Sala Tercera de Apelaciones la que conoce las acciones en contra del Juzgado Séptimo Penal.