Guatemala

Cobros de comunas son declarados ilegales

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró parcialmente inconstitucionales los cobros que hacían la Municipalidad de Puerto Barrios, Izabal, a las motocicletas comerciales que circulaban en esa cabecera, y a la de Quezaltepeque, Chiquimula, que obligaba al pago de fuertes sumas de dinero a las empresas que instalan aparatos de telecomunicaciones.

El cerro Chiramay es uno de los lugares de Quezaltepeque, Chiquimula, en donde  hay instaladas una gran cantidad de antenas.

El cerro Chiramay es uno de los lugares de Quezaltepeque, Chiquimula, en donde hay instaladas una gran cantidad de antenas.

La CC resolvió que debido a que la comuna no presta un servicio, no es posible establecer este cobro como una tasa municipal, sino como un arbitrio, lo cual es improcedente, pues solo el Congreso puede autorizar nuevos impuestos.

En la edición de ayer del Diario de Centro América, la CC declaró parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra el acuerdo contenido en el acta 40-2012, que emitió el Concejo de Quezaltepeque, donde se modifica el reglamento que norma el uso de las vías públicas para la instalación de líneas alámbricas de transmisión de información.

En julio del 2012, esta comuna estableció una tabla de valores por la construcción o licencias para este tipo de servicios, la cual fue publicada en el diario oficial el 2 de agosto del 2012.

El cobro

La comuna estableció que por la instalación de torres de telefonía celular se debían pagar Q200 mil; por antenas para localizadores, Q50 mil; antenas para radiodifusoras, Q5 mil; antenas para repetidoras de televisión, Q10 mil; construcción de casetas, Q5 mil, y edificación de bases, Q5 mil.

Este pago era único y debía hacerse por anticipado.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por Julio Belisario Montepeque, quien argumentó que la comuna solamente podía cobrar el costo del servicio administrativo de emisión de un documento.

Los magistrados de la CC coincidieron en que los cobros “contienen parámetros de determinación inciertos, desmedidos o irrazonables, respecto del costo del servicio municipal que se presta”, y por ello declararon con lugar la acción.

La CC dejó sin lugar la inconstitucionalidad del párrafo que establece que “todas aquellas empresas de telefonía celular que pretendan instalar antenas en ese municipio, sea en terrenos privados o municipales, tienen que tramitar su respectiva autorización municipal y ajustarse al pago de la tasa establecida en cada rubro; la licencia tendrá un plazo de cinco años y una vez cumplido el mismo se deberá tramitar nuevamente”.

Los efectos del fallo se retrotraen al jueves 10 de enero del 2013, fecha en la que se publicó en el diario oficial la suspensión provisional de los rubros citados.

En Izabal

Un caso similar ocurrió con el expediente 1336-2013, presentado por Mario René Archila Cruz contra el punto quinto del acta 46-2012 del Concejo de Puerto Barrios, Izabal, publicado en el Diario de Centro América el 18 de marzo del 2013, en el que se imponen exacciones por la circulación de motocicletas con propaganda y para realizar alguna venta.

La Municipalidad otorgaba un aval de operaciones anual de Q300; renovación, Q100; cuota mensual por funcionamiento, Q50; tarjeta de operaciones anual, Q20, y reposición de la tarjeta, Q20.

Ambas resoluciones fueron firmadas por los magistrados Héctor Hugo Pérez Aguilera, Roberto Molina Barreto, Gloria Patricia Porras Escobar, Alejandro Maldonado Aguirre y Mauro Roderico Chacón.

Usará convenios

El alcalde de Quezaltepeque, Álvaro Rolando Morales Sandoval, indicó que  no le preocupa la resolución de la CC porque ahora los cobros los hará   por medio de convenios que firmará con las empresas que deseen instalar  antenas y otros equipos.

Afirmó que esas empresas utilizan las vías de acceso del municipio y por eso  tienen  que pagar lo  que la Municipalidad les requiere.

Lamentó el fallo de la CC y aseguró que el dinero que obtienen por estos cobros sirven para ejecutar programas   para el desarrollo del municipio.

Morales añadió que no es comprensible que se falle en contra del desarrollo y se favorezca a  las  grandes empresas.

El vecino Carlos Enrique Torres dijo que la comuna perderá al no dejar de efectuar estos cobros, pues se estancan proyectos para las comunidades.

Se trató de obtener la postura de la comuna de Puerto Barrios, en relación con el fallo de la CC, pero no se logró contactar a algún funcionario edil.

Anulaciones  en el 2013

En Raxruhá, Alta Verapaz, la CC suspendió de manera provisional   el cobro que hacía la comuna por extracción de granos básicos, madera  y animales.  

En Tecún Umán, San Marcos, se dejó sin efecto un cobro por licencia para el funcionamiento y pago mensual de establecimientos abiertos al público.

En Palín, Escuintla, se suspendieron varios artículos del reglamento municipal por autorización de instalación y cuota mensual para torres de telefonía en terrenos privados.

En Chimaltenango, el plan de tasas de servicios de transporte urbano, extraurbano, taxis, mototaxis, transporte escolar, de basura, y fletes.

DATO

2 inconstitucionalidades declaró  ayer la CC en cobros que hacían comunas.

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