Una de las frases impugnadas está en el artículo 10, hace referencia a que el Ministerio de Educación es responsable “en coordinación con el Consejo Nacional de Educación” de establecer políticas educativas del país y garantizar la operatividad de la misma y del sistema educativo en todos los niveles e instancias que lo conforman.
El solicitante adujo que con la frase “en coordinación con el Consejo Nacional de Educación” se dota a ese ente de facultades que la Constitutución atribuye con exclusividad al Ministerio de Educación.
Agregó que el principio de jerarquía debe regir dentro de todo ente organizado de manera centralizada.
Un caso similar ocurre con el artículo 12 de esa normativa, en indica que el “Consejo Nacional de Educación es un órgano multisectorial encargado de conocer, analizar y aprobar conjuntamente con el Despacho Ministerial, las principales políticas estratégicas y acciones de la administración educativa”.
El máximo tribunal suspendió la frase “conjuntamente con el Despacho Ministerial”.
El consejo tampoco podrá participar en la ejecución de políticas de investigación pedagógica, desarrollo curricular y capacitación del personal, que se establecía en el artículo 67 del mencionado decreto.
Las frases impugnadas se expulsaron del ordenamiento jurídico y dejarán de surtir efecto a partir de este jueves, 29 de mayo.