Economía

Detectan evasión de impuestos por exportaciones no declaradas que superan los Q785 millones

Exportadores registrados como Pequeños Contribuyentes incumplieron con el pago de impuestos al declarar a cero ventas al exterior o solo reportar ventas y servicios locales, afirma la SAT.

El superintendente de Administración Tributaria, Marco Livio Díaz, y el intenente de Recaudación, Fernando Suriano, brindaron información de los hallazgos de tipología de incumplimiento tributario de exportadores registrados como Pequeños Contribuyentes. (Foto Prensa Libre: cortesía de la SAT).

El superintendente de Administración Tributaria, Marco Livio Díaz, y el intenente de Recaudación, Fernando Suriano, brindaron información de los hallazgos de tipología de incumplimiento tributario de exportadores registrados como Pequeños Contribuyentes. (Foto Prensa Libre: cortesía de la SAT).

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), identificó a un grupo de exportadores registrados como Pequeños Contribuyentes que en los últimos tres años han incumplido con sus obligaciones tributarias y el pago de impuestos, por ventas que suman Q785 millones 769 mil 115.

En conferencia de prensa, el titular de la SAT, Marco Livio Díaz, informó que derivado del cruce de información en los procesos de fiscalización, se determinó que entre 2020 y 2022, varias empresas registradas como pequeños contribuyentes realizaron exportaciones por un valor de Q501.5 millones, pero presentaron la Declaración Jurada Simplificada y Pago mensual con valor cero.

En el 2020, la cifra totalizó Q183.1 millones; en 2021, Q194.5 millones; y en 2022, Q123.9 millones. “Los pequeños contribuyentes, según el decreto 27-92 Ley del Impuesto al Valor Agregado (IV), pueden facturar en el año hasta Q150 mil y, de acuerdo con el artículo 47, sobre ese monto se establece una tarifa a pagar del 5% sobre sus ingresos brutos totales. Es decir, sin distinción entre ingresos locales y por exportación”, dijo el superintendente.

Segunda modalidad

Por otro lado, dijo que también se detectó a otro grupo de contribuyentes que durante el mismo lapso llevó a cabo actividades de exportación y únicamente reportó ventas o servicios locales en sus declaraciones de impuestos. Las ventas en este caso sumaron, Q284.2 millones.

De acuerdo con los datos de la SAT, el valor facturado para 2020 en las declaraciones que solo reportaron ventas o servicios locales, sumó Q98.9 millones; en 2021 fueron Q103.7 millones; y en 2022, Q81.5 millones.

El titular de la SAT explicó que, en este caso, al facturar por arriba de los Q150 mil anuales, estos no pueden estar en el régimen de Pequeño Contribuyente, y por lo mismo, deben cobrar el IVA y reportar el Impuesto sobre la Renta (ISR) al superar ese monto.

Más controles

Según el intendente de Recaudación, Fernando Suriano, muchas veces la población tiene la percepción de que la SAT no tiene suficiente control sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias; sin embargo, cada vez es mayor el cruce de información de sus diferentes sistemas, lo que les permite detectar el incumplimiento de impuestos y si un contribuyente no declara en el régimen correspondiente.

“Para el año 2022, estos cruces de información permitieron la recaudación de más de Q140 millones”, enfatizo Suriano.

Fanny de Estrada, directora de Relaciones Interinstitucionales de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport), señaló que se trabaja constantemente en la asesoría de los pequeños productores para que cumplan con sus obligaciones tanto nacionales como internacionales, por lo que ya se socializó lo informado por la SAT.

“Hemos trasladado ya toda la información a todo el sector para que quienes tengan a pequeños productores, revisen lo que ha dicho la SAT para el debido cumplimiento. Nuestro trabajo es orientarlos sobre las regulaciones nacionales e internacionales y colaborar con la SAT”, dijo de Estrada.

Las autoridades de la SAT indicaron que los contribuyentes pueden acudir a rectificar sus declaraciones y pagar el complemento del impuesto incumplido. Estos están sujetos a una multa equivalente al 100% del impuesto, más los intereses acumulados desde 2020.

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