En dicho acuerdo, se menciona que se autoriza el Currículo Nacional Base para las carreras antes mencionadas y el modelo de Educación y Formación Técnica Laboral “como un proceso educativo que pretende desarrollar competencias para la vida y el trabajo, a través de la formación basada en competencias laborales e implementada por medio de cualificaciones profesionales y módulos formativos”.
Según el acuerdo, la modalidad de estudios adoptada para las cuatro carreras autorizadas es presencial y estas estarán sujetas a plan anual y en jornada doble, con una duración de tres años.
Agrega que en ese tiempo se desarrollarán las áreas curriculares y la formación técnica laboral de acuerdo con la cantidad de tiempo requerida en ambos procesos. Añade que cada centro educativo, con el apoyo de la Dirección Departamental de Educación, acondicionará su horario dentro de estos parámetros.
Organización y plan de estudios
El acuerdo establece que el modelo de Educación y Formación Técnica Laboral se organiza en
- a) Periodos de clase para el desarrollo de las áreas curriculares del tronco común
- b) Períodos de clase para el desarrollo de las áreas curriculares de la especialización
- c) Horas de formación técnico laboral en laboratorios y talleres del centro educativo y
- d) Horas de formación técnica laboral en centros de trabajo
Área común
Las áreas curriculares se desarrollan en periodos de 40 minutos cada uno, quedando el área común de la siguiente manera:
Las áreas curriculares de la especialización para esta carreras también serán en períodos de 40 minutos y quedan de la siguiente manera.
Vehículos
Construcción
Industria de procesamiento de alimentos
Gastronomía
El acuerdo señala que las horas de formación técnico laboral en laboratorios y talleres del centro educativo se organizarán en contra jornada las áreas curriculares y tendrán una duración de 4 horas diarias mínimo, de acuerdo con los módulos formativos que se estén impartiendo.
Las horas de formación técnica laboral en centros de trabajo se organizarán de manera continua 8 horas diarias, de acuerdo con los módulos formativos que estén impartiendo. Para esto cada centro educativo organizará a su personal para dar el acompañamiento educativo a los estudiantes.
El documento además menciona que la formación técnica laboral para cada centro educativo será definida por la Dirección General de Currículo de acuerdo a los estudios del mercado productivo de la región y a los resultados presentados por la dirección general de cada Instituto en coordinación con la Dirección Departamental de Educación.
Implementación en institutos
En el artículo 7 del acuerdo se autoriza la implementación de las cuatro nuevas carreras a los Institutos Nacionales Tecnológicos, de la siguiente manera:
Autorización a otros centros educativos
En el artículo 12 del acuerdo se establece que los otros centros educativos que soliciten la autorización para impartir estas carreras deben contar con el dictamen técnico favorable de la Comisión Nacional de Formación Laboral, de acuerdo a las literales g) y h) del artículo 9, del Acuerdo Ministerial No. 3386-2018 y que para tal efecto, la Comisión Departamental de Formación Laboral dará acompañamiento a los centros solicitantes.
Acreditación
El Ministerio de Educación a través de las Direcciones Departamentales de Educación, otorgará a los estudiantes que culminen satisfactoriamente sus estudios, el título de Perito en la especialidad que corresponde, describiendo en el mismo las cualificaciones profesionales o unidades de competencia en las que fue formado el estudiante.
Dicho acuerdo ministerial empieza a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América, es decir este jueves 5 de enero de 2023.