Según informó la CC, en sentencia del 21 de noviembre de 2022 dicha corte resolvió denegar los amparos promovidos por el Ministerio Público por medio de la Unidad de Impugnaciones, por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y por el Estado de Guatemala por medio de la Procuraduría General de la Nación contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal.
Según la resolución de la CC, dicha corte concluye que no existe violación a los derechos ni a los principios enunciados por los amparistas, debido a que el Tribunal de Casación actuó con apego a las facultades que establecen los artículos 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 442 del Código Procesal Penal, por lo que los amparos solicitados deberán denegarse por ser notoriamente improcedentes, sin condenar al pago de costas procesales a los postulantes, ni imponer multa a los abogados patrocinantes, por imperativo legal y por haber actuado en defensa de los intereses del Estado.
También se lee que acto reclamado era la sentencia del 30 de agosto de 2021, por medio de la cual la autoridad cuestionada declaró improcedentes los recursos de casación conexados, interpuestos, por motivo de forma y de fondo, por el MP, IGSS y la PGN contra el fallo por el que la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal.
Los absueltos
En dicho fallo se absolvió a Otto Fernando Molina Stalling del delito de cobro ilegal de comisiones y, a Julio Roberto Suárez Guerra, Álvaro Manolo Dubón González, Juan de Dios de la Cruz Rodríguez López, Francisco Cortez Bocaletti, Max Erwin Quirín Schoder, Julia Amparo Lotán Garzona, Doris Elubia González Salazar, Mayra Lisbeth Gómez Suárez, Alba Maritza Maldonado Gamboa, Delia Haydee Castañón Guerra y Carmen Yadira Gil Quiñónez, del delito de fraude.
Se modificó el numeral XVII de la parte resolutiva de la sentencia recurrida, en el sentido de no condenar en responsabilidades civiles a Droguería Pisa de Guatemala, Sociedad Anónima.
El caso
El caso Igss-Pisa fue presentado por el Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala en el 2015, cuando se indicó que la empresa Pisa, de origen mexicano, accedió a pagar como soborno el 16 por ciento de un contrato por Q116 millones.
La intención fue, según las investigaciones, que los integrantes de la junta directiva del Seguro Social les concediera el contrato para prestar servicios de diálisis peritoneal a pacientes renales de esa institución.
El nuevo caso, Igss-Ambulancias, se presentó en marzo del 2017 y señaló a los miembros de la Directiva del Igss de autorizar el arrendamiento irregular por US$30 mil – unos Q231 mil 709.80- de un edificio en la zona 9 capitalina. Además se señaló la sobrevaloración de 50 ambulancias para esa entidad -Q880 mil- y la compra, sin justificación, de un sistema informático valorado en Q250 millones.
La Corte de Constitucionalidad (CC) anuló el fallo que emitió el Tribunal Undécimo de Sentencia Penal en el caso IGSS-Pisa, y revirtió las condenas que dictó la referida judicatura.