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Verificamos por usted: ¿Es legal que la PMT obligue al pago multas en retenes?

Algunos usuarios manifiestan que les pretenden retener documentos si no pagan multas, pese a que no tienen si quiera tres infracciones acumuladas.

La PMT instala retenes en distintos puntos de la ciudad. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La PMT instala retenes en distintos puntos de la ciudad. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En los últimos meses pilotos de vehículos particulares se han quejado de que agentes de tránsito les están obligando a pagar sus multas en distintos retenes que se instalan en la ciudad, bajo apercibimiento de que si no lo hacen se les consignarán sus documentos o retendrán sus vehículos.

Los conductores se han quejado por redes sociales que los agentes portan un sistema de POS y les exigen que paguen multas de años anteriores. Algunos, incluso, han cuestionado la veracidad de esas infracciones.

Amílcar Montejo, vocero de la Policías Municipal de Tránsito de la Ciudad de Guatemala (PMT), aseguró que como autoridad de tránsito están facultados para realizar operativos de control de conductores y vehículos que transitan en las vías públicas.

“Estos operativos tienen como finalidad la aplicación y cumplimiento de la Ley de Tránsito y su reglamento y las demás disposiciones legales aplicables y vigentes, así como las ordenanzas municipales que se emitan para el efecto. Para ello, existe un Manual de Normas y Procedimientos para la instalación de operativos de control, documento que contiene los pasos a seguir al momento de implementar estos operativos y el personal necesario para ello”, dijo Montejo al ser consultado sobre estos retenes.

Por su parte, la Procuraduría de los Derechos Humanos aseguró que el “conductor o propietario del vehículo automotor debe ser notificado acerca de la sanción. Misma que podrá ser impugnada ante el juzgado de tránsito, para ejercer el derecho a la defensa”. Esto puede ser en un plazo no mayor a cinco días.

¿DE DÓNDE SALIÓ LA INFORMACIÓN?

En el transcurso del año los conductores han manifestado en redes sociales distintos puntos de la Ciudad Capital donde se instalan retenes con agentes que portan POS. Las quejas se dan principalmente en junio, julio y a finales de año. Además de decirles que consignarán sus documentos si no pagan, los conductores aseguran que los agentes les han amenazado con llevar su carro al predio municipal, sin que exista posibilidad de disputar la multa en un juzgado municipal. Todo esto corre a costas del propietario del vehículo. Montejo, de la PMT, respondió que antes debe cumplirse un proceso de notificación. Y, si el conductor considera que los agentes están actuando con abuso de autoridad, puede hacer una denuncia al teléfono 23801024 en la oficina de Asuntos Internos, en días y horas hábiles. Aquí se abriría un proceso de investigación al respecto.

¿CUÁL ES EL CONTEXTO?

Históricamente, las PMT han sido cuestionadas por actuar con abuso de autoridad y su relación con los vecinos siempre ha sido conflictiva. Esto ha provocado que, en más de una ocasión, la PDH recomiende a los agentes de las PMT y a sus máximas autoridades a respetar los derechos humanos de la población en todos sus protocolos. Un ejemplo de estos conflictos ocurrió el pasado 29 de julio, cuando un ciudadano publicó en su cuenta de Twitter un video donde se observa a un agente de la PMT de la Ciudad de Guatemala advirtiéndole que lo multaría con Q1 mil porque le estaba grabando, aduciendo que eso constituía una falta de respeto a la autoridad. La PMT reaccionó asegurando que no se le multó por grabar al agente, sino por portar licencia vencida y portar placa posterior alterada. Semanas después, el 10 de agosto, trabajadores de la Municipalidad de Guatemala de diversas dependencias manifestaron frente al Palacio Municipal que eran obligados a portar POS para cobrar multas de tránsito a los infractores en retenes policiales, lo cual consideran ilegal ya que no son departamento del tránsito, sino únicamente se encargan de regular el mismo. La comuna emitió un comunicado en el que manifestó que no “hay ningún colaborador de ninguna dependencia municipal presente en estas manifestaciones, por lo que entendemos que la integran principalmente unos cuantos miembros del sindicato de la EMT (Empresa Municipal de Transportes).  A este sindicato se le ha atendido siempre, por lo que no ha habido alejamiento de ellos en ningún momento y se han generado las facilidades para una comunicación abierta y con buena disposición”.

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La Ley de Tránsito faculta en el artículo 33, literal b, al Departamento de Tránsito o las municipalidades para que retengan la licencia de conducir e impongan una multa al conductor que acumule tres multas sin haberlas pagado. Asimismo, en el artículo 190 del reglamento de la ley se establece que 30 días después de impuesta la multa sin que esta se cancele, la autoridad de tránsito solicitará el traslado del vehículo al depósito correspondiente. En ese sentido, el uso de POS en los retenes es un método que facilita el pago de las infracciones. No obstante, hay procedimientos en que los agentes se exceden de sus facultades y actúan con abuso de autoridad, advierte el abogado penalista Alejandro Alfonso. Por ejemplo, a veces pretenden retener vehículos de los conductores, pese a que estos no tienen tres multas acumuladas. “Sí están facultadas (las PMT) para la retención de documentos, pero solo cuando existe una acumulación de tres. Yo he visto casos donde se retienen documentos solo con una multa”, explica el abogado. Otro problema ocurre cuando a un vehículo le aparece una infracción de años anteriores, pero la autoridad no tiene cómo demostrar que esta es verídica. El reglamento de tránsito establece que se debe entregar una boleta de aviso, requerimiento de pago y citación y el manifestante tiene el derecho de manifestar por escrito su desacuerdo. El Juzgado de Asuntos Municipales debe resolver en un plazo no mayor a 30 días. Alfonso asegura que también hay portales electrónicos que permiten verificar si el conductor tiene multas, por lo que es recomendable verificarlo constantemente. Pero, si la autoridad no respeta el procedimiento anterior y el usuario tiene cómo demostrar que la multa es infundada, la pretensión de retener documentos o trasladar el vehículo al predio municipal podría ser ilegal.

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